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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 27 Lunes, 10 de febrero de 2020 Pág. 9048

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 21 de enero de 2020 por la que se notifica la orden de suspensión de obras derivada del expediente de reposición de la legalidad urbanística PON/326/2018-S1.

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el día 10 de diciembre de 2019, resolución ordenando la inmediata suspensión de las obras que se ejecutan consistentes en reforma y ampliación de una construcción para una implantación de un uso residencial, en la calle de la Canda, núm. 7-A, parroquia de Salcedo, en el término municipal de Pontevedra, provincia de Pontevedra, la retirada de los materiales preparados para ser utilizados en la obra o actividad suspendida y la maquinaria afecta a ella, en el plazo de 24 horas siguientes a la notificación de esta resolución, y la suspensión de las correspondientes suministraciones de agua, electricidad, gas y telecomunicaciones a las obras que se ordena paralizar.

Al no poderse realizar la notificación personal de aquella resolución a Mónica López Golobardas y David Pérez Núñez, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se les notifica a los interesados dicha resolución por medio de un anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica en su integridad, se hace saber a los interesados que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística sitas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido dicho plazo la notificación se entenderá producida.

Contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados pueden interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que se tenga producido la notificación, ante el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, o bien, si no ejercita su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste, y les sirva de notificación a los citados interesados en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 21 de enero de 2020

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística