Advertidos errores en la citada resolución, publicada en el Diario Oficial de Galicia número 128 de 8 de julio de 2019, es necesario efectuar la siguiente corrección en la página 32066, anexo I, B. Fase de concurso, I. Promoción interna, donde dice: «1. Experiencia: hasta un máximo de 10 puntos, a razón de 0,084 puntos por mes completo trabajado. Se valorarán los servicios prestados en la Universidad de Vigo en la misma categoría de personal laboral incluida en la clasificación del II Convenio colectivo para el personal laboral de administración y servicios de la Universidad de Vigo, o categorías extinguidas por transformación y/o promoción», debe decir: «1. Antigüedad en la Universidad de Vigo: hasta un máximo de 10 puntos, a razón de 0,084 por mes completo trabajado. Se valorarán los servicios prestados en cualquier categoría de personal laboral incluida en la clasificación del II Convenio colectivo para el personal laboral de administración y servicios de la Universidad de Vigo, o categorías extinguidas por transformación y/o promoción».