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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 247 Lunes, 30 de diciembre de 2019 Pág. 55942

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

ORDEN de 23 de diciembre de 2019 por la que se establece la cantidad que hay que transferir al Consejo Gallego de Procuradores de los Tribunales de Galicia, para atender los gastos de funcionamiento e infraestructura de los servicios de representación gratuita del año 2019, sobre el importe certificado el año 2018.

La Ley 1/1996, de 10 de enero, regula el derecho a asistencia jurídica gratuita y establece en su artículo 38 que el Ministerio de Justicia subvencionará a los colegios de procuradores para la implantación y funcionamiento de los servicios de asistencia jurídica gratuita. Mediante el Real decreto 2166/1994, de 4 de noviembre, se le transfirieron a la Comunidad Autónoma de Galicia las funciones en materia de provisión de medios materiales y económicos para el funcionamiento de la Administración de justicia, incluyendo en su anexo, letra B), núm. 1.c) las relativas a la indemnización de las actuaciones correspondientes a la representación por procurador en turno de oficio ante los órganos judiciales con sede en Galicia. Estas funciones fueron asumidas por el Decreto 394/1994, de 29 de diciembre, y asignadas a la Consellería de Justicia, Interior y Administración Local, actualmente atribuidas a la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia.

En uso de sus competencias, la Xunta de Galicia dictó el Decreto 269/2008, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de asistencia jurídica gratuita de la Comunidad Autónoma de Galicia, modificado por el Decreto 138/2012, de 21 de junio, y establece en su artículo 45, que la consellería competente en materia de justicia determinará anualmente las cantidades que deberán percibir los colegios de procuradores para atender los gastos derivados del funcionamiento e infraestructura colegial que requieren los servicios de asistencia jurídica gratuita, lo que corresponde a la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia según el Decreto 74/2018, de 5 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia.

En virtud de lo expuesto,

DISPONGO:

Artículo único

La cantidad destinada para atender los gastos derivados del funcionamiento operativo de los servicios colegiales de asistencia jurídica gratuita, se fija en un 8 % del importe total certificado durante el año 2018 por los colegios de procuradores de la Comunidad Autónoma de Galicia en concepto de asistencia letrada y defensa gratuitas, lo que supone un total de cincuenta y dos mil ochocientos treinta y seis euros con sesenta y ocho céntimos (52.836,68 €),

Disposición final primera

Se autoriza al director general de Justicia a dictar las disposiciones necesarias para el cumplimiento de esta orden.

Disposición final segunda

La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 23 de diciembre de 2019

Alfonso Rueda Valenzuela
Vicepresidente y conselleiro de Presidencia,
Administraciones Públicas y Justicia