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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 247 Lunes, 30 de diciembre de 2019 Pág. 55946

III. Otras disposiciones

Consellería de Hacienda

DECRETO 160/2019, de 19 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 60/2019, de 23 de mayo, por el que se modifica el Decreto 37/2006, de 2 de marzo, por el que se regula el nombramiento de personal interino para el desempeño con carácter transitorio de plazas reservadas a funcionarios y la contratación temporal de personal laboral de la Xunta de Galicia.

El Decreto 37/2006, de 2 de marzo, por el que se regula el nombramiento de personal interino para el desempeño con carácter transitorio de plazas reservadas a funcionarios y la contratación temporal de personal laboral da Xunta de Galicia, fue modificado por el Decreto 60/2019, de 23 de mayo, publicado en el Diario Oficial de Galicia núm. 108, de 10 de junio.

Entre las modificaciones introducidas se encuentra la consistente en la incorporación de medios electrónicos en la gestión de listas, regulando un nuevo sistema de citación electrónica. En la disposición final tercera del Decreto 60/2019, de 23 de mayo, se previó su entrada en vigor el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia. No obstante, la nueva redacción de los artículos 14 y 16 entraría en vigor el 1 de enero de 2020 y la del artículo 5.1 el 1 de junio de 2020.

La complejidad técnica de la implantación del nuevo sistema de citación electrónica ha puesto de manifiesto la necesidad de modificar la fecha de entrada en vigor de la nueva redacción de los artículos 14 y 16 del Decreto 37/2006, de 2 de marzo, dada por el Decreto 60/2019, de 23 de mayo, a fin de asegurar que se produzca cuando esté garantizada la viabilidad técnica del nuevo sistema.

El contenido del presente decreto se adecúa a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia que establece el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Así, en cumplimiento de los principios de necesidad, de eficacia y de proporcionalidad, esta norma está justificada por la necesidad de asegurar que la nueva redacción de los artículos 14 y 16 del Decreto 37/2006, de 2 de marzo, entre en vigor cuando esté garantizada la viabilidad técnica del nuevo sistema de citación electrónica, siendo la regulación introducida la adecuada e imprescindible para ello. Se cumple, asimismo, el principio de seguridad jurídica, pues la nueva regulación se introduce a través de una modificación del Decreto 60/2019, de 23 de mayo, de modo que el marco normativo resultante resulta estable, predecible, integrado, claro y de certidumbre. Por otro lado, en cumplimiento del principio de transparencia, se explicitan los objetivos de la nueva regulación y en la tramitación de la norma se posibilitó la participación de la ciudadanía a través de la publicidad en el Portal de Transparencia y Gobierno Abierto de la Xunta de Galicia. Por último, se respeta el principio de eficiencia, pues no se imponen cargas innecesarias o accesorias y se permite una gestión racionalizada de los recursos públicos.

En su virtud, oída la Comisión de Personal, a propuesta del conselleiro de Hacienda y de acuerdo con el Consejo Consultivo, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día diecinueve de diciembre de dos mil diecinueve,

DISPONGO:

Artículo único. Modificación del Decreto 60/2019, de 23 de mayo, por el que se modifica el Decreto 37/2006, de 2 de marzo, por el que se regula el nombramiento de personal interino para el desempeño con carácter transitorio de plazas reservadas a funcionarios y la contratación temporal de personal laboral de la Xunta de Galicia

El párrafo segundo de la disposición final tercera del Decreto 60/2019, de 23 de mayo, por el que se modifica el Decreto 37/2006, de 2 de marzo, por el que se regula el nombramiento de personal interino para el desempeño con carácter transitorio de plazas reservadas a funcionarios y la contratación temporal de personal laboral de la Xunta de Galicia, queda redactado como sigue:

«No obstante, en su nueva redacción, el artículo 5.1 entrará en vigor el 1 de junio de 2020 y los artículos 14 y 16 entrarán en vigor en la fecha que expresamente se determine por orden de la persona titular de la consellería competente en materia de función pública, tan pronto quede garantizada la viabilidad técnica del sistema de citaciones electrónicas, manteniéndose hasta entonces la vigencia de los referidos artículos en su redacción anterior. Dicha orden deberá ser objeto de publicación en el Diario Oficial de Galicia».

Disposición final única. Entrada en vigor

El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, diecinueve de diciembre de dos mil diecinueve

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Valeriano Martínez García
Conselleiro de Hacienda