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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 233 Lunes, 9 de diciembre de 2019 Pág. 52187

III. Otras disposiciones

Agencia Turismo de Galicia

EXTRACTO de la Resolución de 28 de noviembre de 2019 por la que se regulan las bases para la concesión de quince becas de formación práctica en diversas áreas para los años 2020 y 2021, y se procede a su convocatoria (código de procedimiento TU981A).

BDNS (Identif.): 484300.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones:

(http://pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios/as

Podrán ser beneficiarias de las bolsas las persoas que reúnan los requisitos previstos en el artículo 5 de las bases reguladoras.

Segundo. Objeto y régimen

Esta resolución tiene por objeto aprobar la bases reguladoras, que se incluyen como anexo I, por las que se regirá la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de quince (15) becas de formación práctica en diversas áreas de la Agencia Turismo de Galicia para los años 2020 y 2021.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 28 de noviembre de 2019 por la que se regulan las bases para la concesión de quince bolsas de formación práctica en diversas áreas de la Agencia Turismo de Galicia para los años 2020 y 2021, y se procede a su convocatoria (código de procedimiento TU981A).

Cuarto. Importe

La Agencia Turismo de Galicia financiará estas bolsas con cargo a las aplicaciones presupuestarias 11.A2.761A.480.0 y 11.A2.761A.484.0 destinadas al pago de las retribuciones y de las cuotas de la Seguridad Social, respectivamente, de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para los años 2020 y 2021. La cuantía máxima será 76.800,00 € y 4.234,48 €, respectivamente. Estas cantidades se distribuirán, previsiblemente, del siguiente modo:

Anualidad 2020:

11.A2.761A.480.0: 74.500,00 €.

11.A2.761A.484.0: 4.131,20 €.

Anualidad 2021:

11.A2.761A.480.0: 2.300,00 €.

11.A2.761A.484.0: 103,28 €.

La dotación económica de las becas será como se indica en el siguiente cuadro:

Área de destino

Nº de becas

Dotación euros por becario

Oficina de Turismo de A Coruña

2

4.500,00 €

Oficina de Turismo de Santiago de Compostela (plaza de Mazarelos)

1

4.500,00 €

Oficina de Turismo de Santiago de Compostela (Centro Internacional de Acogida al Peregrino)

2

4.500,00 €

Oficina de Turismo del Aeropuerto de Santiago de Compostela

1

4.500,00 €

Oficina de Turismo de Lugo

2

4.500,00 €

Oficina de Turismo de Ourense

2

4.500,00 €

Oficina de Turismo de Pontevedra

2

4.500,00 €

Oficina de Turismo de Vigo

2

4.500,00 €

Área de Estudios e Investigación

1

13.800,00 €

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación.

Sexto. Abono de las ayudas

El pago de las becas se realizará por períodos mensuales vencidos.

Santiago de Compostela, 28 de noviembre de 2019

Mª Nava Castro Domínguez
Directora de la Agencia Turismo de Galicia