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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 216 Miércoles, 13 de noviembre de 2019 Pág. 48699

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de Pontevedra

EDICTO (SS 442/2019).

Yo, Blanca Susana Janeiro Amela, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 4 de Pontevedra, hago saber que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de Víctor Orfilio Tomé Monforte contra Albar Fiber Óptica, S.L.; la TGSS y el INSS, en reclamación por seguridad social, registrado con el número de Seguridad Social 442/2019, se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la LJS, citar a Albar Fiber Óptica, S.L., en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 5.5.2020, a las 10.45 horas, en la planta -1, sala 6 del edificio de los juzgados, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y de que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado o representado técnicamente por graduado social colegiado, o por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes a su citación para el juicio, al objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado social colegiado, o por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.

Y para que sirva de citación a Albar Fiber Óptica, S.L., se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.

Pontevedra, 23 de octubre de 2019

La letrada de la Administración de justicia