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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 210 Martes, 5 de noviembre de 2019 Pág. 47527

III. Otras disposiciones

Escuela Gallega de Administración Pública

RESOLUCIÓN de 28 de octubre de 2019 por la que se convoca un curso de permisos de corresponsabilidad en los cuidados familiares para la igualdad.

De acuerdo con el Convenio de colaboración suscrito con fecha de 23 de julio de 2019, entre la Escuela Gallega de Administración Pública (en adelante EGAP) y la Federación de Empleados y Empleadas de los Servicios Públicos de Galicia (en adelante FeSP UGT Galicia) para el desarrollo de actividades de formación, divulgación e investigación,

RESUELVO:

Convocar el curso que figura en el anexo II, que deberá desarrollarse según las bases detalladas en el anexo I.

Santiago de Compostela, 28 de octubre de 2019

Sonia Rodríguez-Campos González
Directora de la Escuela Gallega de Administración Pública

ANEXO I

Primera. Requisitos de las personas participantes

Podrá participar en la acción formativa convocada en esta resolución el personal empleado público en situación de servicio activo o asimilada de las administraciones públicas de Galicia, tanto autonómica, como local y de justicia, de los entes instrumentales de la Comunidad Autónoma de Galicia y de las universidades del Sistema universitario de Galicia, que se encuentre en situación de servicio activo, permiso por maternidad o paternidad, adopción o acogimiento o excedencia por el cuidado de un/una hijo/a o familiar y que reúna los requisitos establecidos en esta convocatoria y para cada uno de los casos en el anexo II.

Segunda. Desarrollo de las actividades de formación

Las actividades formativas se realizarán con los requerimientos, la duración y las condiciones que para cada una de ellas se indiquen en la convocatoria. La información relativa al desarrollo de las actividades, así como sus posibles modificaciones, será actualizada y ampliada en la página web <https://egap.xunta.gal>.

Tercera. Solicitudes y plazos

1. El plazo de presentación de solicitudes será de siete días contados a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

2. Las solicitudes de participación en las actividades formativas solo podrán realizarse mediante el formulario de matrícula telemática disponible en la dirección <https://egap.xunta.gal/matricula> desde las 9.00 horas de la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes y hasta las 23.55 horas de la fecha de finalización. Las solicitudes se entenderán presentadas una vez que se complete correctamente el proceso de matriculación.

3. Serán excluidas automáticamente aquellas solicitudes que no se ajusten al formulario de solicitud, no tengan cubiertos correctamente los datos necesarios para la realización del proceso de selección o sean presentadas fuera de plazo.

4. Las personas que oculten o falseen datos esenciales para la selección serán automáticamente excluidas de las actividades solicitadas y pasarán al final de las listas de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado desde que se detecte el hecho.

5. Las personas interesadas en recibir mensajes sobre el proceso de selección deberán facilitar una dirección de correo electrónico y/o un número de teléfono móvil.

6. Al tratarse de actividades impartidas en una modalidad que incluye teleformación, deberán disponer de un equipo informático que cumpla los siguientes requisitos técnicos:

– Un ordenador con conexión a internet.

– Un navegador web con el plugin de flash.

7. Las personas que necesiten acreditar circunstancias específicas (discapacidad, permiso de maternidad, etc.) de acuerdo con los criterios de selección podrán remitirle a la EGAP la correspondiente documentación complementaria, junto con una copia del formulario de la matrícula, a la dirección de correo electrónico <xestion.egap@xunta.gal>, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre). Dicha documentación deberá enviarse por una única de las vías indicadas; en el caso contrario solo serán considerados los datos recibidos por correo electrónico. La documentación deberá presentarse dentro del plazo señalado en el punto 1 de esta base.

8. La EGAP adoptará las medidas necesarias para facilitar la presentación de las solicitudes. Las dudas, las dificultades técnicas y las peticiones de información complementaria serán atendidas a través de los números de teléfono 981 54 62 57, 981 54 63 35 y de la dirección de correo electrónico <xestion.egap@xunta.gal>.

Cuarta. Criterios de selección

El orden de admisión vendrá determinado por la fecha y hora de presentación de las solicitudes.

Quinta. Publicación de las relaciones del alumnado seleccionado

La EGAP publicará en la dirección <https://egap.xunta.gal> una relación de las personas seleccionadas para participar en cada curso, así como un número adecuado de reservas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

El plazo de presentación de alegaciones será de diez días desde su publicación de acuerdo con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Se entenderá que las personas que no figuren en la relación fueron excluidas por alguna de las razones expresadas en las bases de la convocatoria u ocupan un puesto más alejado en el listado de espera.

Transcurrido el plazo de alegaciones, la EGAP publicará en la dirección <https://egap.xunta.gal> el listado definitivo de personas admitidas en el curso. Contra este listado se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes desde dicha publicación, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Sexta. Cambios o sustituciones en la selección; renuncia.

1. Los cambios o las sustituciones en la selección:

En ningún caso serán admitidos cambios o sustituciones entre las personas seleccionadas.

2. La renuncia:

a) Las personas seleccionadas solo podrán renunciar a la actividad formativa:

– Por causa de fuerza mayor suficientemente acreditada.

– Por necesidades del servicio debidamente motivadas por parte de las personas responsables de los centros directivos.

– Por otras causas justificadas documentalmente.

b) La renuncia debe ser comunicada por escrito a la EGAP con una antelación de tres días anteriores al inicio de la actividad formativa. En la página web de la escuela está disponible un modelo de renuncia.

Para ello se podrá utilizar, además de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), la dirección de correo electrónico <xestion.egap@xunta.gal>.

c) Las personas que incumplan lo previsto en los apartados a) y b) pasarán al final de los listados de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

Séptima. Realización de pruebas

Para poder superar la actividad de formación, el alumnado deberá superar una prueba de evaluación que se realizará al final de ella.

Octava. Certificados

Para la obtención del certificado de aprovechamiento el alumnado deberá obtener la evaluación positiva de su profesorado, el cual emitirá un informe en que declare apto/a o no apto/a cada alumno/a en función del resultado de la prueba de evaluación.

Novena. Facultades de la EGAP

1. La EGAP y FeSP UGT Galicia podrán modificar el desarrollo, las fechas y los lugares de la actividad formativa, así como resolver todas las contingencias que puedan surgir.

2. En el supuesto de que el número de admitidos/as sea inferior al 50 % de las plazas convocadas, la EGAP y FeSP UGT Galicia se reservan el derecho a suspender o cancelar la actividad, caso en el que empleará los medios de notificación a las personas interesadas previstos en la normativa vigente.

3. La EGAP y FeSP UGT Galicia garantizarán en la actividad derivada de esta convocatoria la promoción de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, la eliminación de cualquier tipo de discriminación y el fomento de los derechos de conciliación.

ANEXO II

Código: CV19063.

Área de conocimiento: igualdad y violencia de género.

Nombre del curso: permisos de corresponsabilidad en los cuidados familiares para la igualdad.

1. Objetivos.

Visibilizar la necesidad de un reparto equilibrado de los cuidados y tareas en el ámbito de la vida personal, familiar y laboral, y por otro, fomentar la corresponsabilidad en las trabajadoras y trabajadores de la Administración pública de Galicia.

Concienciar de cara a un equilibrio en el reparto de las tareas, decisiones y responsabilidades entre hombres y mujeres, y caminar a una distribución igualitaria de recursos, tiempos, oportunidades y derechos, para conseguir una mejor conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

Con esta acción se pretende sensibilizar a las personas, colaborar en la eliminación de roles y estereotipos tradicionales que envuelven a la sociedad en tareas y funciones diferentes que provocan desigualdad entre hombres y mujeres.

2. Destinatarios/as.

Personal al servicio de las administraciones públicas de Galicia, tanto autonómica, como local y de justicia, de los entes instrumentales de la Comunidad Autónoma de Galicia y de las universidades del Sistema universitario de Galicia.

3. Desarrollo.

Modalidad: teleformación.

Duración: 20 horas.

Ediciones: una.

Plazas: 50.

Fechas: 20 de noviembre de 2019 a 12 de diciembre de 2019.

Proba final presencial: 16 de diciembre a las 10.00 horas, descentralizada en las siete ciudades gallegas.

4. Contenido.

Módulo 1: conceptos de sexo y género (6 horas).

Actividad de evaluación: supuesto práctico.

Módulo 2: compartir responsabilidades (7 horas).

Actividad de evaluación: un cuestionario de evaluación.

Módulo 3: derechos para hacer compatible a vida laboral, familiar y personal (7 horas).