Yo, María Teresa Vázquez Abades, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento despido/ceses en general 197/2018 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Juan Manuel Refojo González contra la empresa Hipescar, S.L., María José Lorenzo Gómez, Juan Manuel Capella Pérez, Fidel Derivados Cárnicos, S.L., Campiñas de Laíño, S.A. y Refojo y González, S.L., sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya copia literal dice así:
«Diligencia de ordenación.
Letrada de la Administración de justicia: María Teresa Vázquez Abades
Santiago de Compostela, 13 de septiembre de 2019
Transcurrido el plazo legalmente previsto sin que conste la interposición de recurso frente a sentencia de fecha 1.2.2019, declaro firme la misma, y acuerdo el archivo de estas actuaciones.
Asimismo, se hace constar, a los efectos previstos en el artículo 239 de la LJS, que la sentencia de fecha 1.2.2019, ha sido notificada a Juan Manuel Refojo González en fecha 6 de febrero de 2019 y a Hipescar, S.L. en fecha 26 de febrero de 2019, a María José Lorenzo Gómez en fecha 6 de febrero de 2019, a Juan Manuel Capella Pérez en fecha 11 de febrero de 2019, a Fidel Derivados Cárnicos, S.L. en fecha 6 de febrero de 2019, a Campiñas de Laíño, S.A. en fecha 1 de febrero de 2019, a Refojo y González, S.L. en fecha 1 de febrero de 2019, e a Fogasa en fecha 7 de febrero de 2019.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de los tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
La letrada de la Administración de justicia».
Y para que sirva de notificación en legal forma a Hipescar, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón de anuncios de este juzgado.
Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
Santiago de Compostela, 30 de septiembre de 2019
La letrada de la Administración de justicia