BDNS (Identif.): 476254.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones:
http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index
La finalidad del programa de ayudas a la etapa de formación posdoctoral es incrementar la incorporación de personal investigador al Sistema de I+D+i gallego fomentando, en su etapa inicial, la movilidad internacional para mejorar su formación y posibilitando la reincorporación en los agentes que conforman el sistema para, con posterioridad, continuar con su trayectoria investigadora en la institución a la que retorna.
La acción propuesta en esta convocatoria está dirigida a aquellos doctores y doctoras que obtuvieron un contrato posdoctoral a través de la Agencia Gallega de Innovación en el año 2016 y que:
a) Se les concediera el aplazamiento de la evaluación por circunstancias especiales, previstas en el artículo 16 de las bases de la Orden de 18 de febrero de 2016 (DOG núm. 44, de 4 de marzo), lo que determinó que no se pudiesen presentar a la modalidad B de la Orden de 28 de mayo de 2019.
b) Que consiguieran una evaluación positiva y completaran la fase inicial de formación posdoctoral.
Con el fin de armonizar el ejercicio de las competencias que en materia de I+D+i tienen atribuidas la Secretaría General de Universidades de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional y la Agencia Gallega de Innovación (en adelante, Gain) de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, y en la búsqueda de sinergias, se considera de interés la realización de convocatorias conjuntas que ayuden a consolidar un sistema de I+D+i suficientemente sólido como para garantizar el desarrollo social y la competitividad económica.
Atendiendo a estas consideraciones generales y en virtud de sus competencias, la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional y la Consellería de Economía, Empleo e Industria
ACORDAMOS:
Primero. Entidades beneficiarias
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas aquellas entidades que obtuvieron una ayuda posdoctoral en el año 2016, modalidad A, a través de la Gain, siempre que contraten a las personas seleccionadas que, por circunstancias especiales, les fue concedido un aplazamiento en la evaluación, y que, en la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes, hayan conseguido una evaluación positiva en la modalidad A y hayan completado dicho programa. Las citadas personas seleccionadas quedarán vinculadas a dicha entidad a través de un contrato laboral de duración determinada con dedicación a tiempo completo, de acuerdo con el marco legislativo actual.
Segundo. Objeto
Otorgar ayudas a aquellas entidades que obtuvieron un contrato posdoctoral en el año 2016 de la modalidad A a través de la Gain y que, por circunstancias especiales, previstas en el artículo 16 de las bases de la Orden de 18 de febrero de 2016 (DOG núm. 44, de 4 de marzo), se les concedió un aplazamiento de la evaluación, lo que determinó que no pudieran concurrir a la convocatoria realizada por la Orden de 28 de mayo de 2019 por no haber finalizado el citado contrato.
El objetivo es dar continuidad a su carrera investigadora, mediante un contrato de dos años de duración, posibilitando un perfeccionamiento en su formación y el establecimiento de una línea de investigación propia que les permita, en un futuro, consolidar su trayectoria.
Tercero. Bases reguladoras
Se publican conjuntamente con la convocatoria.
Cuarto. Cuantía
El importe total de la convocatoria es de 309.000,00 €.
Se concederán un máximo de tres ayudas (dirigidas a entidades beneficiarias ajenas al SUG). El importe total de cada ayuda es de 49.000 € anuales, que incluye tres conceptos:
a) Un total de 38.000 euros anuales, incluyendo en este importe la retribución bruta anual y el pago de los costes sociales.
b) Una ayuda complementaria por cada persona contratada para el establecimiento de una línea propia de investigación con el siguiente desglose por anualidades: 1.000 euros en 2019, 10.000 euros en 2020 y 2021 y 4.000 euros en 2022.
c) Un complemento a cada entidad beneficiaria que se establece en 1.000 euros anuales por cada persona contratada con cargo a estas ayudas para cubrir los gastos asociados a la contratación.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
Un mes a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 1 de octubre de 2019
Carmen Pomar Tojo |
Francisco Conde López |