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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 187 Miércoles, 2 de octubre de 2019 Pág. 43484

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 23 de septiembre de 2019, de la Jefatura Territorial de Lugo, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de O Vicedo (expediente IN407A 2019-21 AT).

Visto el expediente para otorgamiento de la autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se cita:

Solicitante: Barras Eléctricas Galaico-Asturianas, S.A.

Domicilio social: polígono empresarial As Gándaras-parcela U2-calle Aller Ulloa, Ramón María, nº 9, 27003 Lugo.

Denominación: telecontrol nuevo CS As Cedeiras.

Situación: ayuntamiento de O Vicedo.

Características técnicas:

– Línea subterránea de media tensión a 20 kV Centrales desde SE Magazos con origen en una conversión ubicada en el apoyo A27791 y final en una celda de línea en el CS As Cedeiras proyectado, con una longitud de 20 metros en conductor tipo RHZ1-150.

– Línea subterránea de media tensión a 20 kV Centrales dirección CT 8807 Escanavada con origen en una celda de línea ubicada en el CS As Cedeiras proyectado y final en una conversión ubicada en el apoyo A27791, con una longitud de 20 metros en conductor tipo RHZ1-150.

– Línea subterránea de media tensión a 20 kV Centrales dirección CT 10092 Freixeiro con origen en una celda de línea ubicada en el CS As Cedeiras y final en una conversión ubicada en el apoyo A27791, con una longitud de 20 metros en conductor tipo RHZ1-150.

– Línea subterránea de media tensión a 20 kV Centrales dirección CT 2381 Cabanas y otros con origen en una celda de línea ubicada en el CS As Cedeiras y final en una conversión ubicada en el apoyo A27791, con una longitud de 20 metros en conductor tipo RHZ1-150.

– Centro de seccionamiento prefabricado Toxoso, en el cuales se instalan tres celdas de línea, en una protección con fusible y una de servicios auxiliares con telemando integrado.

Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre (BOE núm. 310), del sector eléctrico y en el título VII, capítulo II del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE nº 310), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueba el reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, y en la Resolución de 19 de febrero de 2014, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54, de 19 de marzo), así como en la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, esta jefatura territorial, de acuerdo con las competencias que resultan de los decretos 135/2017, de 28 de diciembre, por el que se crea y establece la estructura orgánica de la consellería, y teniendo en cuenta el Decreto 9/2017, de 12 de enero, sobre órganos competentes para autorización de instalaciones eléctricas en la Comunidad Autónoma de Galicia, resuelve:

Conceder la autorización administrativa previa y de construcción a dichas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en su proyecto y las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente, independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para a realización de las obras de las instalaciones autorizadas.

El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.

Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente en su derecho.

Lugo, 23 de septiembre de 2019

Pilar Fernández López
Jefa territorial de Lugo