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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 184 Viernes, 27 de septiembre de 2019 Pág. 42932

III. Otras disposiciones

Agencia Instituto Energético de Galicia

RESOLUCIÓN de 19 de septiembre de 2019 por la que se modifica la Resolución de 10 de enero de 2019 por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para proyectos de equipos de aprovechamiento de energías renovables y de ahorro y eficiencia energética en las empresas de producción agrícola primaria.

La Resolución de 10 de enero de 2019 establece las bases reguladoras de las subvenciones para proyectos de equipos de aprovechamiento de energías renovables y de ahorro y eficiencia energética en las empresas de producción agrícola primaria (IN421L).

El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitó en régimen de concurrencia no competitiva, según la excepción contemplada en el artículo 19.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 24 de las bases reguladoras de las ayudas, la fecha límite para ejecutar el proyecto y presentar la documentación justificativa de las inversiones será el 30 de septiembre de 2019.

El artículo 45.3 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia (DOG núm. 20, de 29 de enero), establece la posibilidad de que el órgano concedente de las subvenciones otorgue, salvo precepto en contra contenido en las bases reguladoras, una ampliación del plazo establecido para presentar la justificación, que no excederá de la mitad de este y siempre que con ello no se perjudiquen derechos de terceros.

Por otra parte, se remite a lo dispuesto con carácter general en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (LPACAP), en el que se indica que la ampliación podrá acordarse de oficio o a instancia de parte antes del vencimiento del plazo de que se trate y si las circunstancias así lo aconsejaran.

Debido a incidencias surgidas en el procedimiento de tramitación de estas ayudas, no fue posible comunicar con suficiente antelación todas las resoluciones de concesión de ayudas a los beneficiarios y debido a esto se están registrando numerosas solicitudes de prórroga del plazo de ejecución, motivadas en las dificultades existentes para ejecutar las instalaciones subvencionadas en la referida fecha límite, ya que algunos de los beneficiarios dispondrían de menos de un mes desde la fecha en la que se dictó la resolución de concesión de la ayuda para ejecutar el proyecto.

En base a lo anterior, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en uso de las competencias atribuidas en el Decreto 142/2016, de 22 de septiembre, por el que se crea la Agencia Instituto Energético de Galicia,

DISPONGO:

Artículo único

Modificación de la Resolución de 10 de enero de 2019 por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para proyectos de equipos de aprovechamiento de energías renovables y de ahorro y eficiencia energética en las empresas de producción agrícola primaria, que queda modificada de la siguiente manera:

Uno. Se modifica el artículo 24. Plazo para ejecutar la instalación que queda redactado en los siguientes términos:

La fecha límite para ejecutar el proyecto y presentar la documentación justificativa de las inversiones será el 30 de septiembre de 2019.

Para todas las solicitudes de ayuda que se les haya notificado la resolución de concesión a partir de 1 de agosto, el plazo de ejecución y justificación de las instalaciones se amplía hasta el 31 de octubre de 2019.

Disposición final única. Entrada en vigor

Esta resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 19 de septiembre de 2019

Ángel Bernardo Tahoces
Director de la Agencia Instituto Energético de Galicia