Visto el expediente para otorgamiento de la autorización administrativa previa y de la autorización administrativa de construcción de las instalaciones eléctricas que a continuación se describen, tal y como se recogen en el proyecto firmado polo ingeniero técnico industrial Rubén Francisco Fernández Vayo, colegiado núm. 2.880 COITI Vigo, en agosto de 2019, con visado nº 21900920, de 6 de agosto de 2019, del señalado colegio profesional:
Solicitante: Distribuidora Eléctrica de Melón, S.L.
Dirección: calle A Coruña núm. 20; 36700 Tui-Pontevedra.
Denominación: modificación CTA Cima de Vila-Melón.
Situación: Cima de Vila, ayuntamiento de Melón.
Descripciones técnicas:
– Sustitución del transformador aéreo intemperie existente de 50 kVA (expediente nº 3500-AT) por un nuevo transformador de 160 kVA intemperie con refrigeración natural en baño de aceite, R/T 20/0,42 kV, junto con su aparamenta asociada.
– Montaje de un nuevo cuadro de BT de distribución (Gardy) y de la aparamenta correspondiente.
– Montaje de batería de condensador fijo con las siguientes características: tensión nominal: 440 V, potencia: 17,5 kVAr y un poder de corte de 6 kA.
– Presupuesto: 9.345,24 €.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y los reglamentarios previstos en el capítulo II del título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, con la simplificación de los procedimientos que le son, en su caso, de aplicación, tal y como se regula en los artículos 37 y 38 de la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales, y en la Resolución de la Dirección General de Energía y Minas, de 19 de febrero de 2014 (DOG de 19 de marzo), esta jefatura territorial, a la vista del informe del Servicio de Energía y Minas emitido al respecto,
RESUELVE:
Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a dichas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes al proyecto arriba señalado y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y en los condicionados establecidos, en su caso, por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.
Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten de aplicación y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de seis meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.
Contra la presente resolución podrá interponer recurso de alzada, ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución. También podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.
Ourense, 29 de agosto de 2019
Santiago Álvarez González
Jefe territorial de Ourense