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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 163 Jueves, 29 de agosto de 2019 Pág. 38227

III. Otras disposiciones

Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional

RESOLUCIÓN de 14 de agosto de 2019, de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional, por la que se declara de interés gallego y se ordena la inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego de la Fundación Universidad Intercontinental de la Empresa.

Examinado el expediente de declaración de interés gallego e inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego de la Fundación Universidad Intercontinental de la Empresa, se dicta la presente resolución basada en los hechos y fundamentos de derecho que se exponen a continuación:

Hechos:

1. El 4 de julio de 2019, Roberto Barreiro Rodríguez, en nombre de la Fundación, formuló solicitud de clasificación a los efectos de su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. La Fundación Universidad Intercontinental de la Empresa se constituyó en escritura pública otorgada en A Coruña el 17 de enero de 2019 ante el notario Isidoro Antonio Calvo Vidal, con número de protocolo 30, por la Fundación Galicia Obra Social.

3. Según consta en el artículo 4 de sus estatutos, la Fundación tiene por finalidad y objeto social exclusivo la educación superior mediante la realización de las siguientes funciones:

a) La creación, desarrollo, transmisión y crítica de la ciencia, de la técnica y de la cultura.

b) La preparación para el ejercicio de actividades profesionales que exijan la aplicación de conocimientos y métodos científicos y para la creación artística.

c) La difusión, la valorización y transferencia del conocimiento al servicio de la cultura, de la calidad de vida y del desarrollo económico.

d) La difusión del conocimiento y la cultura a través de la extensión universitaria y la formación a lo largo de toda la vida.

4. El patronato inicial de la Fundación está formado a propuesta de Abanca Corporación Bancaria, S.A. por Miguel Ángel Escotet Álvarez como presidente; Juan Carlos Escotet Rodríguez y Francisco Botas Ratera; y a propuesta de la Fundación Galicia Obra Social por José Luis Jiménez Martínez; José Fernández Pernas como vicepresidente y Ricardo Díaz-Casteleiro Romero.

5. La comisión integrada por los secretarios generales de todas las consellerías elevó al vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia propuesta de clasificación como de interés educativo de la Fundación Universidad Intercontinental de la Empresa, en base a las materias que constituyen su objeto fundacional, por lo que, cumpliéndose los requisitos exigidos en la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego, y de conformidad con lo establecido en el artículo 51 del Reglamento de fundaciones de interés gallego, aprobado por el Decreto 14/2009, de 21 de enero, y el artículo 7 do Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, aprobado por el Decreto 15/2009, de 21 de enero, el protectorado será ejercido por el departamento de la Xunta que tenga atribuidas las competencias correspondientes a los fines fundacionales.

6. De conformidad con dicha propuesta, mediante la Orden de la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia de 24 de julio de 2019 (DOG núm. 149, de 7 de agosto), se clasificó de interés educativo la Fundación Universidad Intercontinental de la Empresa y se adscribió a la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional a efectos del ejercicio de las funciones de protectorado.

Fundamentos de derecho:

Primero. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general de acuerdo con la ley y el artículo 27.26 del Estatuto de autonomía de Galicia establece que es competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma de Galicia el régimen de las fundaciones de interés gallego.

Segundo. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7.2 del Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, en relación con el Decreto 138/2018, de 8 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional, corresponde a esta consellería la declaración de interés gallego mediante resolución publicada en el Diario Oficial de Galicia y la inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego de la Fundación Universidad Intercontinental de la Empresa, así como el ejercicio de las funciones de protectorado y las demás que correspondan a la Xunta de Galicia de conformidad con lo indicado en dicho reglamento.

A la vista de lo que antecede y teniendo en consideración lo establecido en la normativa vigente en materia de fundaciones de interés gallego y en las demás normas de general y pertinente aplicación, en uso de las competencias atribuidas por el Decreto 138/2018, de 8 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional,

RESUELVO:

1. Declarar de interés gallego la Fundación Universidad Intercontinental de la Empresa.

2. Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego, sección de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional.

3. Esta fundación queda sometida a lo dispuesto en la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego, y en los decretos 14/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de interés gallego, y el Decreto 15/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, así como al resto de normativa que resulte de aplicación, donde se establecen especialmente las obligaciones de dar publicidad suficiente de su objeto y actividades, ausencia de ánimo de lucro en la prestación de sus servicios, así como la presentación anual de la documentación contable y el plan de actuación ante el protectorado.

Contra esta resolución podrá interponerse un recurso de alzada ante la conselleira de Educación, Universidad y Formación Profesional, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 14 de agosto de 2019

Jesús Oitavén Barcala
Secretario general técnico de la Consellería de Educación,
Universidad y Formación Profesional