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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 160 Lunes, 26 de agosto de 2019 Pág. 37633

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia Gallega de Infraestructuras

ANUNCIO de 24 de julio de 2019 por el que se hace pública la resolución por la que aprueba el expediente de información pública y del Plan de seguridad vial de Galicia 2016-2020: mejora de la seguridad vial (MSV) en el entorno de tramos de concentración de accidentes (TCA) en la carretera PO-552, punto kilométrico 58+300 a 61+400 y 68+500 a 69+900, de clave PO/17/146.06.

Con fecha 18 de julio de 2019, la dirección de la Agencia Gallega de Infraestructuras, por delegación de la conselleira de Infraestructuras y Movilidad (Orden de 7 de septiembre de 2017, Diario Oficial de Galicia de 20 de septiembre), visto el informe del análisis de las alegaciones, resolvió lo siguiente:

Antecedentes de hecho:

Primero. En el Diario Oficial de Galicia número 9, de 12 de enero de 2018, se publicó el Anuncio de 19 de diciembre de 2017 por el que se somete al trámite de información pública la separata para información pública del proyecto de construcción del Plan de seguridad vial de Galicia 2016-2020: mejora de la seguridad vial (MSV) en el entorno de tramos de concentración de accidentes (TCA) en la carretera PO-552, punto kilométrico 58+300 a 61+400 y 68+500 a 69+900, de clave PO/17/146.06, así como la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados por el proyecto referenciado.

Segundo. Las administraciones afectadas emitieron los correspondientes informes, y en el trámite de información pública se formularon alegaciones por las personas interesadas.

Fundamentos de derecho:

Primero. De acuerdo con lo establecido en el artículo 21 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el mencionado proyecto de construcción se sometió al trámite de información pública, durante un periodo de treinta (30) días hábiles, a contar a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia.

Segundo. Que simultáneamente al trámite señalado en el párrafo anterior, y a los efectos previstos en el artículo 56.1 del Reglamento de expropiación forzosa, se sometió a información pública la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados por la realización de la obra correspondiente.

Tercero. La conselleira de Infraestructuras y Movilidad es competente para resolver los expedientes de información pública en materia de carreteras e informe de las administraciones afectadas, de acuerdo con el Decreto 26/2019, de 7 de marzo, por el que se establece a estructura orgánica de la Consellería de Infraestructuras y Movilidad. Esta competencia se encuentra delegada en la persona titular de la dirección de la Agencia Gallega de Infraestructuras, según el artículo 8.1.b) de la Orden de 7 de septiembre de 2017 sobre delegación de competencias en el secretario general técnico y en otros órganos y entidades públicas adscritos a esta consellería (DOG núm. 179, de 20 de septiembre).

De acuerdo con todo lo expuesto, y tras los informes, certificados y alegaciones presentadas,

Resuelvo:

Primero. Aprobar el expediente de información pública y definitivamente el proyecto de construcción del Plan de seguridad vial de Galicia 2016-2020: mejora de la seguridad vial (MSV) en el entorno de tramos de concentración de accidentes (TCA) en la carretera PO-552, punto kilométrico 58+300 a 61+400 y 68+500 a 69+900, de clave PO/17/146.06, con las siguientes consideraciones:

• Se eliminan las actuaciones proyectadas en el punto kilométrico 60+100 y entre los puntos kilométricos 60+900 y 61+500.

• A petición del Ayuntamiento de Tomiño, de la Asociación de Vecinos de Forcadela, de la Comunidad de Montes de Forcadela y de un particular, se repondrán los pasos de peatones y las paradas de bus actuales, y en el ámbito de la glorieta del punto kilométrico 60+600, se repondrán las aceras para mantener los itinerarios peatonales existentes.

• Se revisarán los bienes afectados, de acuerdo con una alegación recibida.

Segundo. Según establece el artículo 23 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, los ayuntamientos de Tomiño y Tui deberán adaptar su planeamiento urbanístico al contenido en el proyecto, en el que se establecen las determinaciones del planeamiento urbanístico que deben ser modificadas como consecuencia de su aprobación, en el plazo que determine este último y, en todo caso, en su primera modificación o revisión.

Tercero. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Santiago de Compostela, 24 de julio de 2019

Francisco Menéndez Iglesias
Director de la Agencia Gallega de Infraestructuras