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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 124 Martes, 2 de julio de 2019 Pág. 31209

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia Turismo de Galicia

CÉDULA de 18 de junio de 2019, del Área Provincial de Turismo de Lugo, por la que se notifica la incoación de 1 de abril de 2019 dictada en el expediente sancionador LU-S-10/2019, por infracción leve en materia de turismo.

De conformidad con las disposiciones del artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de la administración pública (BOE núm. 236, de 2 de octubre), se notifica al interesado que en el anexo se menciona la iniciación del procedimiento sancionador en materia de turismo por infracción de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, del turismo en Galicia, ya que, intentada la notificación por los medios habituales, no se pudo practicar.

En este mismo acto se designó instructora del expediente a Mercedes Campos Casares. Los interesados pueden promover su oposición en cualquier momento de la tramitación del procedimiento, de conformidad con el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

La resolución de este procedimiento para las infracciones leves le corresponde a la jefa del Área Provincial de Lugo de la Agencia de Turismo de Galicia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26 de los estatutos de la citada agencia, respecto del artículo 4 del Decreto 196/2012, de 27 de septiembre, por el que se crea la citada agencia y se aprueban sus estatutos (DOG núm. 193, de 9 de octubre), y respecto del artículo 119.1.a) de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, del turismo de Galicia.

De conformidad con lo establecido en el artículo 124.1 de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, la resolución de este procedimiento sancionador debe ser notificada dentro de un año a partir de la fecha de este acuerdo.

El interesado tendrá quince días, según lo establecido en el artículo 82.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, para presentar ante el instructor del expediente, para su incorporación en el mismo, cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen convenientes y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de los que pretenda valerse, con la advertencia de que, de no formular reclamaciones dentro del plazo establecido, se considerará este acuerdo como propuesta de resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64.1 de dicha ley.

De acuerdo con el artículo 85.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se informa a la persona imputada que la sanción que se indica en el acuerdo de iniciación podrá estar sujeta a las siguientes reducciones: 20 % (si reconocen su responsabilidad o pagan voluntariamente en cualquier momento anterior a la resolución) o 40 % (si reconocen su responsabilidad y también pagan voluntariamente en cualquier momento anterior a la resolución.

Lugo, 18 de junio de 2019

Paloma Vázquez Fernández
Jefa del Área Provincial de Turismo de Lugo

ANEXO

Expediente: LU-S-10/2019.

Denunciado: Vanessa Delmondes Lima.

Establecimiento: Café Bar Gran Vía.

Dirección: calle Gran Vía, 22.

Localidad: Sarria.

Preceptos infringidos: artículo 35.f) y g) de la Ley 7/2011.

Tipo de infracción: artículo 109.2.a) y b) de la Ley 7/2011.

Calificación: leve.

Iniciación: 1 de abril de 2019.

Sanción: multa de doscientos euros (200, 00 €).

Importe de la multa con la solicitud de descuento del 20 %: ciento sesenta euros (160,00 €).

Importe de la multa con la aplicación del 40 % de descuento: ciento veinte euros (120,00 €).