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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 123 Lunes, 1 de julio de 2019 Pág. 30819

III. Otras disposiciones

Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional

ORDEN de 17 de junio de 2019 por la que se autoriza una prórroga de la autorización temporal del centro privado extranjero Gándara International School, de Gondomar.

Por Orden de 17 de julio de 2018, el centro docente extranjero Gándara International School, de Gondomar, fue autorizado para impartir, con carácter temporal, las enseñanzas de Pre-School Section (de 3 a 6 años) y de Elementary Section (de 6 a 12 años), del sistema educativo de los Estados Unidos de América.

La titularidad del centro solicita una prórroga de dicha autorización temporal y aporta un certificado, con validez hasta el 31 de agosto de 2021, de elegibilidad en el proceso de acreditación de la New England Association of Schools & Colleges (NEASC) para impartir las enseñanzas de Pre-School Section que se corresponden con la etapa de educación infantil (de 3 a 6 años) para un máximo de 25 puestos escolares, y para las enseñanzas de Elementary Section que se corresponden con la etapa de educación primaria (de 6 a 12 años) para un máximo de 50 puestos escolares, del sistema educativo de los Estados Unidos de América.

Después de la tramitación del expediente de acuerdo con lo establecido en el Real decreto 806/1993, de 28 de mayo, sobre centros docentes extranjeros en España, así como en el Decreto 133/1995, de 10 de mayo, de autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias y con la Orden de 20 de septiembre de 1995 que lo desarrolla, por propuesta de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos,

DISPONGO:

Artículo 1. Prórroga da autorización temporal

Prorrogar la autorización temporal, hasta el 31 de agosto de 2021, del centro privado extranjero Gándara International School, de Gondomar para impartir las enseñanzas de Pre-School Section (de 3 a 6 años) y de Elementary Section (de 6 a 12 años), del sistema educativo dos Estados Unidos de América.

Los datos del centro son os que se detallan a seguir:

Denominación genérica: centro privado extranjero (CPR EX).

Denominación específica: Gándara International School.

Código del centro: 36025001.

Domicilio: c/ Moureira, 1.

Localidad: Mañufe.

Municipio: 36388 Gondomar.

Provincia: Pontevedra.

Titular: Noguera y Valdés, S.L.

Enseñanzas que se prorrogan hasta el 31 de agosto de 2021:

Sistema educativo dos Estados Unidos de América, para alumnado español y extranjero.

Pre-School Section que se corresponden con la etapa de educación infantil (de 3 a 6 años) para un máximo de 25 puestos escolares.

Elementary Section que se corresponden coa etapa de educación primaria (de 6 a 12 años) para un máximo de 50 puestos escolares.

Artículo 2. Prórroga de la autorización

La prórroga da autorización tendrá validez hasta el 31 de agosto de 2021, conforme al certificado emitido por la New England Association of Schools & Colleges (NEASC). A partir de esta fecha, la autorización dependerá de una nueva inspección de los servicios de la Embajada de los Estados Unidos de América.

Artículo 3. Inscripción en el registro

Esta orden dará lugar a la correspondiente inscripción en el Registro de Centros de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Artículo 4. Obligaciones del centro

El centro queda obligado al cumplimiento de la normativa vigente y sometido a la inspección educativa de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional de conformidad con lo establecido en el artículo 9 del Real decreto 806/1993, de 28 de mayo, así como a solicitar una nueva autorización e inscripción en el caso de que se produzca cualquier variación en los elementos y circunstancias que dan lugar a esta autorización.

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán formular recurso potestativo de reposición ante esta consellería, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, directamente, el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la misma fecha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 17 de junio de 2019

Carmen Pomar Tojo
Conselleira de Educación, Universidad y Formación Profesional