María Blanco Aquino, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 253/2017 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Marta María Iglesias Lema contra la empresa Mamparas y Tabiquería Bergondo, S.L., Fondo de Garantía Salarial y administración concursal de Mamparas y Tabiquería Bergondo, S.L., sobre ordinario, se ha dictado sentencia cuyo fallo es el siguiente:
Fallo:
Que, estimando la demanda interpuesta por la actora Marta María Iglesias Lema, con citación del Fogasa, debo condenar y condeno a la empresa Mamparas y Tabiquería Bergondo 92, S.L., en situación de concurso, a que abone a la actora la cantidad de 1.077 euros por los conceptos reclamados en demanda, más el interés del 10 % por mora.
Notifíquese esta resolución a las partes, a las que se hará saber que contra la misma no cabe recurso de suplicación.
Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
Para que sirva de notificación en legal forma a Mamparas y Tabiquería Bergondo, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.
A Coruña, 31 de mayo de 2019
La letrada de la Administración de justicia