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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 117 Viernes, 21 de junio de 2019 Pág. 29667

III. Otras disposiciones

Consellería de Economía, Empleo e Industria

ORDEN de 14 de junio de 2019 por la que se publica la ampliación de crédito de la Orden de 31 de mayo de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras y se procede a la convocatoria de subvenciones para la concesión directa de becas y ayudas para personas trabajadoras desempleadas que participen en acciones formativas de formación profesional para el empleo correspondientes a los ejercicios 2018 y 2019 (código de procedimiento TR301V) y se procede a la ampliación del plazo de presentación de solicitudes de su convocatoria.

La Orden de 31 de mayo de 2018 (DOG núm. 114, de 15 de junio) por la que se establecen las bases reguladoras y se procede a la convocatoria de subvenciones para la concesión directa de bolsas y ayudas para personas trabajadoras desempleadas que participen en acciones formativas de formación profesional para el empleo correspondientes al ejercicio de 2018 y 2019 (código de procedimiento TR301V), establece en la exposición de motivos que los créditos estimados en la orden podrán ser objeto de modificaciones a consecuencia de la asignación o de la redistribución de fondos para la financiación de los programas de formación para el empleo, con las limitaciones que establezca la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales y en los supuestos y en las condiciones previstas en los artículos 30 y 31 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de subvenciones de Galicia.

En el artículo 2.5 de dicha orden se establece que se podrá ampliar la cuantía máxima de los créditos disponibles para esta convocatoria. El incremento del crédito estará condicionado a la declaración de disponibilidad del crédito a consecuencia de una generación, ampliación o incorporación de crédito, o de la existencia de remanentes de otras convocatorias financiadas con cargo al mismo crédito o a créditos incluidos en el mismo programa o en programas del mismo servicio.

En base a ese artículo se realizó una primera ampliación recogida en la Orden de 21 de noviembre de 2018 por la que se publica la ampliación de crédito de la Orden de 31 de mayo de 2018 (DOG núm. 226, de 27 de noviembre) y una segunda ampliación a través de la Orden de 20 de mayo de 2019 (DOG núm. 102, de 31 de mayo).

A su vez, en el artículo 1.2 se establece que se convocan las referidas subvenciones para las acciones formativas que se iniciaran en el período que va de 1 de julio de 2018 al 30 de junio de 2019, lo que tiene como consecuencia que, en el apartado 1 del artículo 16, se fije que la fecha límite de presentación de solicitudes fuera el 30 de julio de 2019 para aquellas acciones formativas iniciadas entre el 16 de noviembre de 2018 y el 30 de junio de 2019.

Con la finalidad de permitir que el alumnado desempleado que asista a las acciones formativas de la formación profesional para el empleo financiadas por la Xunta de Galicia, a través de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, pueda seguir percibiendo las becas y ayudas contempladas en el procedimiento TR301V mientras se tramitan las siguientes bases y convocatoria y se adapten las aplicaciones informáticas que permitirán mejorar y agilizar su gestión, además de conseguir acompasar el período de vigencia de las órdenes que regulan este procedimiento al período de ejecución de la mayor parte de las referidas acciones formativas (de octubre a septiembre), hace falta ampliar el plazo de vigencia de la convocatoria recogida en la Orden de 31 de mayo de 2018, de manera que a su amparo se puedan solicitar becas y ayudas hasta el 31 de octubre de 2019, referidas a acciones formativas que finalicen hasta el 30 de septiembre de 2019.

A consecuencia de la ampliación del plazo, hace falta ampliar también el crédito previsto, ya que el sumatorio del importe inicial y de las sucesivas ampliaciones no se prevé suficiente para el pago de todas las becas que las personas beneficiarias puedan solicitar durante el nuevo período ampliado.

Por todo lo expuesto, en el uso de las facultades que me fueron conferidas,

DISPONGO:

Artículo 1

Se modifica el apartado 2 del artículo 1 de la Orden de 31 de mayo de 2018, de manera que la convocatoria de las subvenciones del procedimiento TR301V al que se refiere, corresponderá a las bolsas y ayudas que se soliciten por el alumnado desempleado de las acciones formativas que se iniciaran desde el 1 de julio de 2018 hasta el 30 de septiembre de 2019, ambos incluidos, y que cumpla los correspondientes requisitos.

Artículo 2

Se modifica el apartado 1 del artículo 16 de la Orden de 31 de mayo de 2018, de manera que la fecha límite de presentación de solicitudes se amplía hasta el 31 de octubre de 2019, para aquellas acciones formativas iniciadas hasta el 30 de septiembre de 2019, incluido, respetando siempre el plazo de un mes desde la incorporación a la acción formativa o desde que tuviera lugar el hecho causante.

Artículo 3

Se amplía el importe total de los créditos destinados a las ayudas que se van a conceder al amparo de la Orden de 31 de mayo de 2018, en las siguientes cuantías y aplicación presupuestarias, con créditos incorporados procedentes de fondos finalistas de la misma aplicación y proyecto que el crédito inicial por un importe de 1.500.000 € para el ejercicio de 2019.

Año 2019

Aplicación

Proyecto

Importe

Inicial

09.41.323A.480.0

2013 00545

2.091.812 €

1ª ampliación

09.41.323A.480.0

2013 00545

2.758.000 €

2ª ampliación

09.41.323A.480.0

2013 00545

4.855.000 €

3ª ampliación

09.41.323A.480.0

2013 00545

1.500.000 €

Total

11.204.812 €

Disposición última única. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 14 de junio de 2019

Francisco José Conde López
Conselleiro de Economía, Empleo e Industria