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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 117 Viernes, 21 de junio de 2019 Pág. 29862

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Puertos de Galicia

CÉDULA de 11 de junio de 2019 por la que se notifica el acuerdo de inicio del procedimiento de desahucio administrativo del departamento número 26 y de una parcela de 150 metros cuadrados del puerto de Lorbé (A Coruña).

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica a Frank Vega Pita con DNI ***9982**, mediante la publicación en el Boletín Oficial del Estado, requerimiento previo de desahucio administrativo del departamento para armadores número 26 y de parcela de 150 m2 destinada a depósito de materiales del puerto de Lorbé, por no ser posible la notificación a través del servicio de Correos en el último domicilio conocido.

El expediente se tramita por encontrarse extinguida la autorización, y no ser factible su renovación por la falta de concurrencia de los requisitos exigibles, incluidas las deudas existentes.

El presente acto administrativo que emite la Presidencia del Consejo de Administración de la entidad pública Puertos de Galicia, de acuerdo con las competencias previstas en el artículo 114 de la Ley 5/2011, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia, se emite en aplicación del artículo 113 de esa ley, del artículo 148 de la Ley 6/2017, de 12 de diciembre, de puertos de Galicia, y del artículo 31 del Decreto 227/1995, que aprueba el Reglamento de la entidad pública Puertos de Galicia.

El departamento y la parcela deberán ser abandonados en un plazo máximo de diez (10) días a contar desde la publicación de la presente cédula en el Boletín Oficial del Estado, lo que se formalizará con la entrega de las llaves del cierre exterior al personal de Puertos de Galicia.

Asimismo, este anuncio se publicará en el Diario Oficial de Galicia, si bien la eficacia del acto notificado quedará supeditada a su publicación en el BOE.

Se otorga trámite de audiencia por un plazo máximo de diez (10) días hábiles a contar desde la publicación de la presente cédula en el Boletín Oficial del Estado, durante el que podrán formularse alegaciones y presentarse los documentos o justificaciones que se estimen pertinentes.

De ser preciso el desahucio será ejecutado con el auxilio de las fuerzas y cuerpos de la seguridad del Estado.

Contra el presente acto administrativo de iniciación no se admitirán acciones interdictales o para la tutela sumaria de la posesión de las previstas en la Ley de enjuiciamiento civil.

Santiago de Compostela, 11 de junio de 2019

José Juan Durán Hermida
Presidente de Puertos de Galicia