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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 105 Miércoles, 5 de junio de 2019 Pág. 27168

IV. Oposiciones y concursos

Consellería de Hacienda

RESOLUCIÓN de 27 de mayo de 2019, del tribunal designado para juzgar el proceso selectivo para el ingreso, por el turno de promoción interna, en el cuerpo administrativo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo C1, convocado por la Orden de 1 de marzo de 2018, por la que se da publicidad de diversos acuerdos.

En sesiones que tuvieron lugar el 21 y el 27 de mayo de 2019, el tribunal nombrado por la Orden de 1 de marzo de 2019 (DOG núm. 48, de 8 de marzo) para calificar el proceso selectivo para el ingreso, por el turno de promoción interna, en el cuerpo administrativo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo C1, convocado por la Orden de 1 de marzo de 2018 (DOG núm. 48, de 8 de marzo), acordó:

Primero. Anular, una vez revisadas las reclamaciones presentadas, las preguntas 7 y 79 del primer ejercicio del proceso selectivo. Su lugar pasa a ser ocupado por las preguntas de reserva 91 y 92. Se desestiman en su totalidad las restantes reclamaciones.

Segundo. De conformidad con lo dispuesto en la base II.1.1.1 de la convocatoria, superaron el primer ejercicio del proceso selectivo las personas aspirantes que obtuvieron una puntuación mínima de veinte (20) puntos, fijándose en 45,000 el número de respuestas correctas necesarias para alcanzar dicha puntuación, una vez realizadas las deducciones previstas en dicha base de la convocatoria.

A estos efectos, se tuvieron en cuenta los criterios de corrección, valoración y superación del primer ejercicio aprobados por el tribunal el 23 de abril de 2019 en cumplimiento de la potestad de determinación del criterio de superación del ejercicio, y publicados en el portal web de la Xunta de Galicia funcionpublica.xunta.gal, que establecen:

– Que superarán el primer ejercicio las personas aspirantes presentadas que alcancen las mejores puntuaciones en el conjunto de todos los turnos, hasta completar el número máximo de 350, siempre y cuando respondiesen correctamente como mínimo al 50 % de las preguntas del cuestionario consideradas válidas (una vez realizadas las deducciones por respuestas incorrectas). Las preguntas no contestadas no penalizarán ni recibirán puntuación.

– Que todas las personas aspirantes con idéntica puntuación a aquella persona aprobada que marque el corte se consideran igualmente aprobadas, aunque se superase el número de aspirantes antes indicado (350).

– Que se asignará la valoración de 20 puntos en el ejercicio a las personas aspirantes que obtengan una nota equivalente a la nota de corte fijada. El resto de personas declaradas aptas tendrá una calificación distribuida entre los 20 y los 40 puntos, proporcional al número de respuestas correctas. Del mismo modo, se asignará la puntuación proporcional que corresponda a las personas aspirantes declaradas no aptas.

– Que en el caso de que sea inferior a 350 el número de aspirantes que obtenga un número de respuestas correctas igual o superior al 50 % de las preguntas consideradas válidas, la valoración de 20 puntos se asignará a los aspirantes que tengan un 50 % de respuestas correctas y el resto de aspirantes aptos tendrá una calificación distribuida entre los 20 y los 40 puntos.

Una vez realizada la corrección en sesión del 27 de mayo de 2019, y de acuerdo con los criterios de corrección acordados por el tribunal, alcanzó el límite mínimo del 50 % de las preguntas del cuestionario consideradas válidas (45,000) un total de 344 personas aspirantes en el conjunto de todos los turnos.

Tercero. Publicar las puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes presentadas al primer ejercicio del proceso selectivo para el ingreso, por el turno de promoción interna, en el cuerpo administrativo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo C1, en el lugar en el que se realizó la prueba y en el portal web de la Xunta de Galicia funcionpublica.xunta.gal.

Cuarto. De acuerdo con lo dispuesto en la base II.1.2.8 de la orden de la convocatoria, las personas aspirantes podrán presentar las alegaciones que consideren oportunas en relación con las puntuaciones en el plazo de diez (10) días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Quinto. Según lo dispuesto en la base II.1.1.3 de la orden de la convocatoria, las personas aspirantes que superaron el primer ejercicio y que no figuren en el listado publicado por la Dirección General de la Función Pública en el portal web corporativo funcionpublica.xunta.gal de personas aspirantes que tienen acreditada la posesión del Celga requerido en cualquier procedimiento competencia de dicha dirección general, dispondrán de un plazo de diez (10) días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, para presentar los documentos que justifiquen la exención de realizar el tercer ejercicio del proceso selectivo.

Sexto. De conformidad con lo dispuesto en la base III.13 de la orden de convocatoria, contra este acuerdo se podrá interponer recurso de alzada, ante el conselleiro de Hacienda en los términos previstos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 27 de mayo de 2019

María Araceli Romero Míguez
Presidenta del tribunal