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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 102 Viernes, 31 de mayo de 2019 Pág. 26638

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Consorcio Gallego de Servicios de Igualdad y Bienestar

RESOLUCIÓN de 23 de mayo de 2019 por la que se publica la relación definitiva de niñas y niños admitidas/os y de la lista de espera para el curso 2019/20 en las escuelas infantiles 0-3 dependientes de esta entidad.

En fecha 15 de marzo de 2019 se publicó la Resolución de 8 de marzo de 2019 por la que se convoca el procedimiento de adjudicación de plazas en las escuelas infantiles 0-3 dependientes del Consorcio para el curso 2019/20.

El día 10 de mayo de 2019 se publicó la relación provisional de personas admitidas, concediendo un plazo de 6 días para efectuar reclamaciones. Transcurrido dicho plazo, se comprobaron las reclamaciones presentadas.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.1 de dicha resolución, le corresponde a la Gerencia del Consorcio, una vez comprobadas las reclamaciones presentadas contra la relación provisional, resolver este procedimiento mediante la aprobación de la relación definitiva de personas admitidas y de la lista de espera, donde figurará la puntuación obtenida.

Así lo expuesto,

RESUELVO:

Primero. Hacer pública la relación definitiva de personas admitidas y de la lista de espera, donde figura la puntuación obtenida, que se podrá consultar desde el día 31 de mayo en las páginas web: http://politicasocial.xunta.gal y http://www.igualdadebenestar.org, así como en los respectivos centros.

Cada alumno/a solo podrá ser adjudicatario/a de una plaza pública de las escuelas infantiles de la Xunta de Galicia.

El precio mensual que corresponda pagar de acuerdo con la normativa vigente en materia de precios públicos se consultará en el centro donde se formalice la matrícula.

El plazo para formalizar la matrícula es de 8 días a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución, para lo que deberá entregarse la siguiente documentación:

– Impreso de matrícula cubierto (se facilitará en los propios centros, así como en las páginas web http://politicasocial.xunta.gal y http://igualdadebenestar.org).

– Copia de la cartilla de vacuna del niño o de la niña.

Segundo. Las resoluciones dictadas en este procedimiento agotan la vía administrativa y contra ellas puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional contencioso-administrativo competente, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la notificación de la resolución, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. En caso de silencio administrativo, el plazo será de seis meses desde el día siguiente a aquel en que la solicitud se entienda desestimada.

Potestativamente y con anterioridad a la interposición del referido recurso contencioso-administrativo, se podrá interponer recurso de reposición ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de la resolución expresa. Si la resolución es presunta, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto, conforme a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Santiago de Compostela, 23 de mayo de 2019

Perfecto Rodríguez Muíños
Gerente del Consorcio Gallego de Servicios de Igualdad y Bienestar