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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 90 Lunes, 13 de mayo de 2019 Pág. 22992

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia Turismo de Galicia

CÉDULA de 24 de abril de 2019, del Área Provincial de Turismo de Lugo, por la que se notifica la incoación de 26 de febrero de 2019 dictada en el expediente sancionador LU-S-02/2019 por infracción leve en materia de turismo.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de la administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), se notifica al interesado que en el anexo se menciona la iniciación del procedimiento sancionador en materia de turismo por infracción de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, del turismo en Galicia, ya que, intentada la notificación por los medios habituales, no se pudo practicar.

En este mismo acto se designó instructora del expediente a Mercedes Campos Casares y los interesados pueden promover su oposición en cualquier momento del procedimiento, de conformidad con el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

La resolución de este procedimiento por infracción leve le corresponde a la jefa del Área Provincial de Lugo de la Agencia Turismo de Galicia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26 de los estatutos de la citada agencia, respecto del artículo 4 del Decreto 196/2012, de 27 de septiembre, por el que se crea la citada agencia y se aprueban sus estatutos (DOG núm. 193, de 9 de octubre) y respeto del artículo 119.1.a) de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, del turismo de Galicia.

De conformidad con lo establecido en el artículo 124.1 de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, la resolución de este procedimiento sancionador debe ser notificada dentro de un año a partir de la fecha de este acuerdo.

El interesado tendrá quince días, según lo establecido en el artículo 82.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, para presentar ante el instructor del expediente, para su incorporación en el mismo, cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de los que pretenda valerse, con la advertencia de que, de no plantear reclamaciones dentro del plazo establecido, este acuerdo se considerará propuesta de resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64.1 de dicha ley.

De acuerdo con el artículo 85.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se informa a la persona imputada de que la sanción que se indica en el acuerdo de incoación podrá estar sujeta a las siguientes reducciones: el 20 % (si reconoce su responsabilidad o paga voluntariamente en cualquier momento anterior a la resolución) o 40 % (si reconoce su responsabilidad y, además, paga voluntariamente en cualquier momento anterior a la resolución.

Lugo, 24 de abril de 2019

Paloma Vázquez Fernández
Jefa del Área Provincial de Turismo de Lugo

ANEXO

Expediente: LU-S-02/2019.

Denunciada: Zulma Elizabeth Portugal Silva.

Establecimiento: Café Bar Flavia.

Dirección: calle Calvo Sotelo, 61-63.

Localidad: Sarria.

Preceptos infringidos: artículo 35.f) e i) de la Ley 7/2011.

Tipo de infracción: artículo 109.2.b) de la Ley 7/2011.

Calificación: leve.

Iniciación: 26 de febrero de 2019.

Sanción: multa de doscientos euros (200,00 €).

Importe de la multa con la aplicación del 20 % de descuento: ciento sesenta euros (160,00 €).

Importe de la multa con la aplicación del 40 % de descuento: ciento veinte euros (120,00 €).