Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa y autorización administrativa de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:
Solicitante: UFD Distribución Electricidad, S.A.
Domicilio social: travesía de Vigo 204, 36207 Vigo.
Denominación: soterramiento LMTA ROS814-Tui en la derivación al CT Goián I.
Situación: Tomiño.
Características técnicas: LMT aérea a 20 kV, con conductor LA-110, de 128 metros de longitud, con origen en el apoyo proyectado C-14/1000 y final en el apoyo existente CH-1600/13. LMT subterránea a 20 kV, con conductor RHZ1, de 304 metros de longitud, con origen en el paso aéreo subterráneo en el apoyo proyectado C-14/1000 y final en la arqueta proyectada en el nudo F. La instalación está situada en Goián, ayuntamiento de Tomiño.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico y en el capítulo II, del título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y en la Resolución de la Consellería de Economía e Industria de 19 de febrero de 2014 por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54, de 19 de marzo), esta jefatura territorial resuelve:
Conceder autorización administrativa y autorización administrativa de construcción para la referida instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación, y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.
Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.
Contra la presente resolución podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución; también podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.
Pontevedra, 14 de marzo de 2019
Ignacio Rial Santomé
Jefe territorial de Pontevedra