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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 54 Lunes, 18 de marzo de 2019 Pág. 14511

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO de notificación de sentencia (DSP 1123/2017).

Yo, María Adelaida Egurbide Margañón, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento despido/ceses en general 1123/2017 de este juzgado de lo social, seguidos contra la empresa Ifecgas Pereira, S.L., Ifedic Pereira, S.L., Manuel Freire Muíño y Juan Carlos Pereira Freire, sobre despido, se ha dictado sentencia cuyo fallo es el siguiente:

«Fallo que, estimando la demanda interpuesta por Baldomero Martínez Barbeito, con citación del Fogasa, contra la empresa Ifedic Pereira, S.L., debo declarar y declaro improcedente el despido efectuado al actor, condenando a la demandada a que, en el plazo de cinco días desde la fecha de la notificación de la sentencia, opte entre la readmisión inmediata del demandante, en las mismas condiciones que poseía con anterioridad, o el abono de una indemnización de 27.079,84 €. En el caso de que opte por la readmisión, el trabajador tendrá derecho a los salarios de tramitación, que ascienden 53,65 €/día.

Se absuelve a Ifecgas Pereira, S.L., Manuel Freire Muíño y Juan Carlos Pereira Freire.

Notifíquese esta resolución a las partes, a las que se hará saber que contra la misma solo cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, debiendo anunciarlo ante este juzgado en el plazo de cinco días a contar a partir de la notificación de esta sentencia, y en el propio término, si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita, deberá al anunciar el recurso, entregar resguardo acreditativo de haber consignado la cantidad objeto de condena en la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta en Banco de Santander de esta ciudad

E, igualmente, deberá en el momento de interponer el recurso, consignar la suma de 300 euros en concepto de depósito especial para recurrir

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Ifecgas Pereira, S.L., Ifedic Pereira, S.L., Manuel Freire Muíño y Juan Carlos Pereira Freire, en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el DOG.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 26 de febrero de 2019

La letrada de la Administración de justicia