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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 42 Jueves, 28 de febrero de 2019 Pág. 11602

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 8 de febrero de 2019, de la Jefatura Territorial de Lugo, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Lugo (expediente IN407A 2018/8714 AT).

Visto el expediente para autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:

Solicitante: Barras Eléctricas Galaico-Asturianas, S.A.

Domicilio social: parque empresarial As Gándaras, parcela U2, calle Aller Ulloa, nº 9, 27003 Lugo.

Denominación: LBT para NS 52193 Cima de Vila-Piúgos-Lugo.

Situación: ayuntamiento de Lugo.

Características técnicas:

• Sustitución del transformador existente de 160 kVA correspondiente al CT Intemperie Santoíño 14323 por uno de 250 kVA y una relación de transformación 20.000/400-230 V.

• Línea aérea de baja tensión con origen en el cuadro de baja tensión del CT Intemperie Santoíño 14323, con una longitud de 493 metros en conductor tipo RZ-95.

Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre (BOE núm. 310), del sector eléctrico, y en el título VII, capítulo II, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE núm. 310), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, y en la Resolución de 19 de febrero de 2014, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54, de 19 de marzo), esta jefatura territorial, teniendo en cuenta la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, y las competencias que resultan de los decretos 135/2017, de 28 de diciembre, por el que se crea y establece la estructura orgánica de la consellería, y el Decreto 9/2017, de 12 de enero, sobre órganos competentes para autorización de instalaciones eléctricas en la Comunidad Autónoma de Galicia, resuelve:

Conceder la autorización administrativa previa y de construcción a dichas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en su proyecto y las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente, independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de las instalaciones autorizadas.

El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.

Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente su derecho.

Lugo, 8 de febrero de 2019

Pilar Fernández López
Jefa territorial de Lugo