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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 32 Jueves, 14 de febrero de 2019 Pág. 9434

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego de Promoción Económica

RESOLUCIÓN de 1 de febrero de 2019 por la que se da publicidad del encargo a Tragsatec, ordenado por la Resolución del conselleiro de Economía, Empleo e Industria de 25 de enero de 2019 para la realización de tareas de apoyo en la gestión del Plan Reforma-Tur 19.

En cumplimiento del artículo 9.3 y 8.4 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, se procede a dar publicidad al encargo a Tragsatec, ordenado por la Resolución del conselleiro de Economía, Empleo e Industria de 25 de enero de 2019 para la realización de tareas de gestión del Plan Reforma-Tur 19.

1. La actividad objeto de encargo es la realización de cometidos de apoyo en la gestión y tramitación de los expedientes que se presenten al amparo del nuevo programa de ayudas del Plan Reforma-Tur 19.

2. Tragsatec cumple con los requisitos establecidos en los artículos 6 y 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público (en adelante, LCSP) , por disposición expresa de lo establecido en la disposición adicional vigesimoquinta del mismo texto legal, teniendo la consideración de medio propio instrumental de las comunidades autónomas y poderes adjudicadores de ella dependientes como es el caso de Igape, y está obligada a realizar, con carácter exclusivo, los trabajos que estas les encomienden en la consecución de sus objetivos de interés público, en las materias señaladas en el apartado 2 de la disposición adicional 24ª de la LCSP.

La relación de Tragsatec con la Consellería de Economía, Empleo e Industria-Igape tiene naturaleza instrumental y no contractual, siendo de carácter interno, independiente y subordinado, tal como resulta del artículo 2 del Real decreto 1072/2010, de 20 de agosto, por el que se desarrolla el régimen jurídico de la Empresa de Transformación Agraria, S.A. y de sus filiales.

La Consellería de Economía, Empleo e Industria, a través del Igape, en su condición de órgano competente y promotor de las actuaciones, ejercerá en todo momento el control de la ejecución del encargo, lo cual no supone cesión de titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, siendo responsabilidad del órgano que ordena el encargo, dictar los actos y las resoluciones que den soporte a las tareas materiales objeto del encargo.

Tragsatec actuará en el desarrollo de las actuaciones objeto de encomienda en calidad de entidad colaboradora en la gestión de ayudas públicas del Igape, al prestar apoyo en la gestión del Plan Reforma-Tur 19 , en los términos regulados en el artículo 9, 12 y concordantes de la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia, y sin que esta colaboración se extienda a la entrega y distribución de fondos.

3. El plazo de ejecución de los trabajos comenzará con la orden de encargo de los trabajos y se extenderá hasta el 30.9.2019, pudiendo prorrogarse dos meses en caso de persistencia de la necesidad del encargo.

Santiago de Compostela, 1 de febrero de 2019

Juan M. Cividanes Roger
Director general del Instituto Gallego de Promoción Económica