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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 19 Lunes, 28 de enero de 2019 Pág. 5391

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 9 de enero de 2019 por la que se notifica la orden de suspensión de las obras derivada del expediente de reposición de la legalidad urbanística PON/274/2017-S1.

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el día 23 de noviembre de 2018, resolución ordenando la inmediata suspensión de las obras consistentes en la construcción de una vivienda unifamiliar en el lugar de Taboeiros, término municipal de Cambados, provincia de Pontevedra.

Al no poderse realizar la notificación personal de aquella resolución a Manuel Cousido Maquieira y Dulce María Rodríguez Pol, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica a los interesados dicha resolución por medio de un anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica en su integridad, se hace saber a los interesados que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística situadas en el Edificio Witland, Salgueiriños, Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados pueden interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en el que se haya producido la notificación, ante el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, o bien, si no ejercita su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contenciosa-administrativa.

Para que conste y sirva de notificación a los citados interesados, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 9 de enero de 2019

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística