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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 19 Lunes, 28 de enero de 2019 Pág. 5377

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

ANUNCIO de 2 de enero de 2019, del Servicio de Movilidad de Pontevedra, por el que se notifican los acuerdos de incoación de expedientes sancionadores en materia de transportes terrestres devueltos por el servicio de Correos porque, intentada la notificación, no se ha podido efectuar (expediente PO-03507-O-2018 y tres más).

La persona titular del Servicio de Movilidad de Pontevedra acordó la incoación de los expedientes sancionadores número PO-03507-O-2018 y tres más por infracción de la normativa sobre transporte terrestre.

Intentada la notificación del acuerdo de incoación por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta en el correspondiente expediente sancionador, ésta fue devuelta por el servicio de Correos. Por este motivo y de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la notificación se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia. En consecuencia, mediante este anuncio se notifican los acuerdos de incoación dictados a las personas interesadas.

Se les informa que los expedientes sancionadores se encuentran a su disposición en las oficinas del Servicio de Movilidad de la Jefatura Territorial de Pontevedra.

Se les otorga un plazo de quince (15) días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE para alegar lo que consideren conveniente, presentando o proponiendo las pruebas que estimen oportunas.

En el supuesto de que decida voluntariamente pagar la sanción antes de que transcurran treinta (30) días contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOE, su cuantía se reducirá en un 30 % en la forma prevista en el artículo 146.3 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres. La realización de dicho pago implica la conformidad con los hechos denunciados, la renuncia a formular alegaciones por parte de la persona interesada y la terminación del procedimiento sancionador.

Pontevedra, 2 de enero de 2019

José Jorge Martínez Fernández
Jefe del servicio de Movilidad de Pontevedra

ANEXO

Expediente

Matrícula

DNI/CIF Denunciado

Infracción denunciada

Fecha-Hora-Carretera-p.k.

Precepto cualificador

Precepto sancionador

Sanción propuesta

PO-03507-O-2018

PO-8916-BG

X4848609W

El exceso igual o superior al 25 por cento sobre a MMA total en vehículos con MMA hasta 12 toneladas. Exceso de peso igual o superior al 35 %
7.5.2018; 13.30; N-550; 95,0

Art. 140.23 LOTT

Art. 143.1.h) LOTT

4.000 euros

PO-03508-O-2018

C-2618-BS

Y4272340N

l exceso igual o superior al 25 por cento sobre a MMA total en vehículos con MMA hasta 12 toneladas. Exceso de peso igual o superior al 35 %
7.5.2018; 13.42; N-550; 95,0

Art. 140.23 LOTT

Art. 143.1.h) LOTT

4.000 euros

PO-03857-O-2018

0038-HBB

10017078A

Atenuante - Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero, careciendo de título habilitante.

5.6.2018; 3.30; AP-9; 137,5

Art. 141.25 en relación con el art. 140.1 LOTT

Art. 143.1.k) en relación con la letra f) LOTT

801 euros

PO-03876-S-2018

TO-8934-X

35319365J

Atenuante - Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero, careciendo de título habilitante.
3.5.2018; 18.45; Rúa Riestra, 10

Art. 141.25 en relación con el art. 140.1 LOTT

Art. 143.1.k) en relación con la letra f) LOTT

801 euros