Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 16 Miércoles, 23 de enero de 2019 Pág. 4338

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda

RESOLUCIÓN de 15 de enero de 2019 por la que se hace público el importe del canon unitario de tratamiento por tonelada de residuos domésticos que deberá aplicar la Sociedade Galega de Medio Ambiente, S.A. (Sogama) para el año 2019, así como la bonificación aplicable para dicho año.

Antecedentes:

Primero. Mediante la Resolución de 19 de enero de 2018, de la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, emitida al amparo del apartado dos de la disposición adicional vigesimoprimera de la Ley 11/2013, de 26 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2014, y publicada en el Diario Oficial de Galicia núm. 19, de 26 de enero de 2018, se hizo público el importe del canon unitario a percibir por la Sociedade Galega de Medio Ambiente, S.A. (Sogama) por la gestión de residuos domésticos o urbanos para el año 2018, que se fija en la suma de 69,00 euros por tonelada de residuos gestionada.

Segundo. A tenor de los datos suministrados por el Instituto Nacional de Estadística, la tasa de variación anual del índice de precios al consumo correspondiente a diciembre de 2018 fue del 1,2 %.

Tercero. De acuerdo con los resultados económicos obtenidos por la Sociedade Galega de Medio Ambiente, S.A. (Sogama), es posible aplicar una bonificación para el año 2019, por importe del 10 % de la cantidad que en concepto de canon vigente en el año 2018 es de aplicación a aquellas entidades locales que cumplan los requisitos establecidos en la ley.

Fundamentos jurídicos:

I. El Decreto 146/2016, de 13 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Xunta de Galicia y en el Decreto 167/2015, de 13 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la entonces Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en el Decreto 177/2016, de 15 de diciembre, por el que se fija la estructura orgánica de la Vicepresidencia y de las consellerías de la Xunta de Galicia, y el Decreto 106/2018, de 4 de octubre, de modificación parcial del Decreto 177/2016, de 15 de diciembre, configuran este departamento como el órgano de la Administración de la Comunidad Autónoma con competencias y funciones en materia, entre otras, de ambiente, adscribiéndole a la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático, bien directamente o bien a través de sus unidades subordinadas, funciones y competencias en materia de evaluación y control del incidente que sobre el medio ambiente provoque la actividad humana y el fomento de sistemas y estrategias de corrección del dicho incidente, incluyendo diversas atribuciones en materia de residuos.

II. La disposición adicional vigesimoprimera de la Ley 11/2013, de 26 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2014, señala que el sistema promovido por la Administración autonómica para la gestión institucional de los residuos domésticos, gestionado por la Sociedade Galega de Medio Ambiente, S.A. (Sogama) al amparo de la Ley 10/2008, de 3 de noviembre, de residuos de Galicia, constituye un modo de gestión colectiva de los residuos municipales cuya finalidad de interés general es la de conseguir, en cooperación con las entidades locales adheridas al sistema, el mejor resultado ambiental global en el tratamiento de los residuos domésticos, buscando la máxima eficiencia en el uso de los recursos públicos.

El punto dos de dicha disposición fijó el canon unitario de tratamiento por tonelada de residuos que deberá percibir la citada entidad y señala que éste se actualizaría anualmente en el mes de enero conforme al índice de precios al consumo, publicándose su cuantía en el Diario Oficial de Galicia.

Tomando como base el importe de 69,00 euros correspondiente al canon por tonelada de residuos gestionada vigente en el ejercicio 2018, el importe actualizado según la variación del IPC referida en el antecedente segundo asciende a 69,83 euros.

Igualmente, la Ley 3/2018, de 26 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas, introdujo en su artículo 11, una modificación de la Ley 11/2013, de 26 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2014, mediante la cual se introduce un apartado tres bis en la disposición adicional vigesimoprimera, en la que se regula la posibilidad de establecer una bonificación en la cuantía del canon unitario de tratamiento por tonelada en un porcentaje que no excederá del 10 % de la cantidad que en concepto de canon esté vigente en el año inmediatamente anterior.

Dándose las circunstancias establecidas en ese apartado tres bis de la mencionada disposición adicional vigesimoprimera, al concurrir en la Sociedade Galega de Medio Ambiente, S.A. (Sogama), circunstancias económicas de cumplimiento de los objetivos presupuestarios y las previsiones del plan de viabilidad, es posible establecer una bonificación del canon unitario para el año 2019 por un importe de hasta el 10 % de la cantidad que en concepto de canon estaba vigente en el año 2018.

Visto cuanto antecede,

RESUELVO:

Hacer público el importe actualizado del canon unitario por tratamiento de residuos domésticos aplicable, durante el año 2019, en el marco del sistema promovido por la Xunta de Galicia para la gestión institucional de los residuos de competencia municipal y gestionado por la Sociedade Galega de Medio Ambiente, S.A. (Sogama), que se fija en la suma de 69,83 euros por cada tonelada de residuos domésticos gestionada, más el incremento correspondiente al impuesto sobre el valor añadido.

Establecer y hacer pública una bonificación sobre el canon anterior, por importe del 10 % de la cantidad que en concepto de canon estaba vigente en el año 2018. De esta forma, el canon bonificado se establece en 62,93 euros por cada tonelada de residuos domésticos gestionada, más el incremento correspondiente al impuesto sobre el valor añadido. Dicho canon bonificado será de aplicación a aquellas entidades locales que cumplan las condiciones específicas establecidas en ese apartado tres bis de la disposición adicional vigesimoprimera de la Ley 11/2013, de 26 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2014.

Santiago de Compostela, 15 de enero de 2019

Ángeles Vázquez Mejuto
Conselleira de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda