Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa y autorización administrativa de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:
Solicitante: Central Eléctrica Sestelo y Cía, S.A.
Domicilio social: calle Virgen de la Luz, 3, bajo.
Denominación: LMT, CT Socorro.
Situación: Ponteareas.
Características técnicas: línea de media tensión subterránea de 20 kV de 52 metros de longitud y centro de transformación con dos trafos de 160 kVA cada uno, situado en el barrio de Socorro, Ponteareas (Pontevedra).
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el capítulo II, título VII, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en la Resolución de la Consellería de Economía e Industria, de 19 de febrero de 2014, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG nº 54, de 19 de marzo), así como en la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG nº 203, de 25 de octubre), esta jefatura territorial resuelve:
Conceder autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la referida instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación, y en los condicionados establecidos por los organismos que constan en el expediente.
Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.
Contra la presente resolución podrá interponer recurso de alzada, ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución. También podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.
Pontevedra, 30 de noviembre de 2018
Ignacio Rial Santomé
Jefe territorial de Pontevedra