Mediante la Orden de 27 de junio de 2018 (DOG núm. 131, de 10 de julio) se publicaron las bases reguladoras de las ayudas de la Consellería de Política Social para la inversión en la mejora de las infraestructuras y del equipamiento de las escuelas infantiles 0-3 y puntos de atención a la infancia (PAI) dependientes de las corporaciones locales y se convocaron para el año 2018.
A su vez, dado que el crédito previsto en la convocatoria resultó insuficiente para atender todas las solicitudes recibidas, haciendo uso de lo previsto en el artículo 2.2 de la Orden de 27 de junio, se acordó incrementar el crédito destinado a estas ayudas mediante la publicación de la Orden de 20 de noviembre de 2018 (DOG núm. 224, de 23 de noviembre).
De conformidad con el artículo 13 de la referida orden, la resolución de los expedientes de ayuda, después de la fiscalización de la propuesta haciendo uso de lo previsto en el artículo 7.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, corresponde, por delegación, a la directora general de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica de la Consellería de Política Social, que deberá resolver en el plazo de quince (15) días desde la fecha de elevación de la propuesta.
El artículo 14 de la misma orden establece que se publicarán en el Diario Oficial de Galicia de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, entre otras, las correspondientes resoluciones. Esta publicación producirá efectos de notificación.
Por lo expuesto,
RESUELVO:
Primero. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia del contenido íntegro de la Resolución de 23 de noviembre de 2018, dictada en el procedimiento BS403E, de concesión de ayudas para la inversión en la mejora de las infraestructuras y del equipamiento de las escuelas infantiles 0-3 y de los puntos de atención a la infancia dependientes de las corporaciones locales, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo Feder Galicia (2014-2020), que se adjunta a la presente resolución en el anexo.
Segundo. Comunicar que la Resolución de 23 de noviembre de 2018 que finaliza este procedimiento agota la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado a partir de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Tercero. Notificada la resolución por el órgano competente, las entidades propuestas como beneficiarias dispondrán de un plazo de diez (10) días computado a partir del día siguiente de la publicación para su aceptación, transcurrido el cual sin que se produjera manifestación expresa se entenderá tácitamente aceptada.
Santiago de Compostela, 12 de diciembre de 2018
María Amparo González Méndez
Directora general de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica
ANEXO
Resolución de 23 de noviembre de 2018 dictada en el procedimiento BS403E de concesión de ayudas para la inversión en la mejora de las infraestructuras y del equipamiento de las escuelas infantiles 0-3 y puntos de atención a la infancia dependientes de las corporaciones locales, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo Feder Galicia (2014-2020)
Vista la propuesta de resolución de la Subdirección General de Demografía y Conciliación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.2 de la Orden de 27 de junio de 2018, por la que se regulan las bases que regirán el procedimiento de concesión de ayudas para la inversión en la mejora de las infraestructuras y del equipamiento de las escuelas infantiles 0-3 y puntos de atención a la infancia dependientes de las corporaciones locales, y se convocan para el año 2018 (cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020), y fiscalizada ésta, haciendo uso de lo previsto en el artículo 7.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
RESUELVO:
Primero. Conceder a las corporaciones locales que se relacionan en el anexo I y que figuraban en reserva en el anexo II de la Resolución de 25 de octubre, las ayudas reguladas por la Orden de 27 de junio, con cargo a la aplicación presupuestaria 12.02.312B.760.0, como consecuencia del incremento del crédito destinado a estas ayudas mediante la Orden de 20 de noviembre de 2018 (DOG núm. 224, de 23 de noviembre), hasta agotar dicho crédito.
Esta ayuda pública está cofinanciada en un 80 % por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y en particular:
Objetivo temático 10. Invertir en educación, formación y formación profesional para la adquisición de capacidades y aprendizaje permanente.
Prioridad de inversión 10.5. Invertir en educación, formación y formación profesional para la adquisición de capacidades y aprendizaje permanente, mediante el desarrollo de infraestructuras en educación y formación.
Objetivo específico 10.5.1. Mejorar las infraestructuras de educación y formación.
Actuación 10.5.1.4.b). Ayudas a la inversión en centros de atención a la primera infancia de 0-3 años y casas nido.
Categoría de intervención CE052-Infraestructuras para la atención y la educación de la primera infancia.
Lo que exige el cumplimiento de la normativa aplicable a este fondo, en particular, el Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, y el Reglamento (UE) nº 1301/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, la Orden HPF/1979/2016, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas operativos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional para el período 2014-2020, así como su normativa comunitaria, estatal y autonómica de desarrollo.
La concesión de esta ayuda supone que el beneficiario acepta ser incluido en la lista pública de operaciones prevista en el artículo 115.2 del Reglamento (UE) nº 1303/2013. Asimismo, el beneficiario deberá cumplir los requisitos de publicación y comunicación en relación con la publicidad de la financiación, de conformidad con lo previsto en el anexo XII, punto 2.2, de dicho Reglamento (UE) nº 1303/2013.
El método aplicado para determinar el importe subvencionable y el importe de la subvención es el de costes reales.
Las ayudas concedidas se condicionarán al cumplimiento de todas las obligaciones establecidas en la Orden de 27 de junio de 2018.
La justificación de la subvención se realizará de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la orden de convocatoria.
Con la solicitud de pago la entidad beneficiaria deberá informar sobre el nivel de logro de los indicadores de productividad asociados a esta convocatoria de ayudas.
El pago de la subvención se realizará de acuerdo con lo establecido en el artículo 19 de la Orden de 27 de junio de 2018.
Segundo. Esta resolución que finaliza el procedimiento agota la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado a partir de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, o bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 23 de noviembre de 2018. La conselleira de Política Social. P.D. (Artículo 13 de la Orden de 27.6.2018. DOG núm. 131, de 10 de julio). La directora general de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica. Mª Amparo González Méndez.
ANEXO I
Ayudas concedidas
Núm |
Provincia |
Ayuntamiento solicitante |
NIF |
Escuela infantil |
Inversión solicitada |
Aportación ayuntamiento |
Puntos |
Ayuda concedida |
PO-2018/1 |
Pontevedra |
Catoira |
P3601000G |
EIM de Catoira |
32.329,47 € |
539,24 € |
65 |
13.155,84 € |
OU-2018/4 |
Ourense |
Maceda |
P3204400J |
EIM Contacontos |
29.533,06 € |
0,00 € |
65 |
29.533,06 € |
LU-2018/8 |
Lugo |
Lourenzá |
P2702700B |
PAI Meniños |
17.612,92 € |
0,00 € |
65 |
9.581,54 € |
CO 2018/12 |
Coruña, A |
Tordoia |
P1508500D |
PAI de Tordoia |
12.825,05 € |
0,00 € |
65 |
3.857,53 € |
OU-2018/9 |
Ourense |
Vilariño de Conso |
P3209300G |
PAI de Vilariño de Conso |
34.912,38 € |
0,00 € |
65 |
20.314,98 € |
CO-2018/18 |
Coruña, A |
Baña, A |
P1500700H |
PAI de A Baña |
34.994,76 € |
0,00 € |
65 |
28.074,60 € |
LU-2018/14 |
Lugo |
Vicedo, O |
P2706400E |
PAI de O Vicedo |
34.963,91 € |
0,00 € |
65 |
30.569,71 € |
CO-2018/28 |
Coruña, A |
Val do Dubra |
P1508900F |
EIM de Val do Dubra |
24.022,72 € |
0,00 € |
65 |
14.861,02 € |
CO-2018/30 |
Coruña, A |
Cabanas |
P1501500A |
PAI As Viñas |
34.814,24 € |
0,00 € |
65 |
16.583,99 € |
CO-2018/31 |
Coruña, A |
Cerceda |
P1502400C |
EIM Os Pillabáns |
34.992,23 € |
0,00 € |
65 |
31.315,90 € |
LU-2018/19 |
Lugo |
Muras |
P2703300J |
PAI de Muras |
14.246,44 € |
0,00 € |
65 |
14.236,62 € |
CO-2018/10 |
Coruña, A |
Bergondo |
P1500800F |
EIM de Bergondo |
7.391,65 € |
1.478,33 € |
60 |
5.913,32 € |
CO-2018/15 |
Coruña, A |
Cabana de Bergantiños |
P1501400D |
EIM a Casa dos Títeres |
31.806,82 € |
0,00 € |
60 |
25.435,48 € |
LU-2018/11 |
Lugo |
Cospeito |
P2701500G |
EIM de Cospeito |
34.269,98 € |
0,00 € |
60 |
26.208,99 € |
CO-2018/6 |
Coruña, A |
Santa Comba |
P1507800I |
EIM de Santa Comba |
23.213,37 € |
3.213,37 € |
55 |
20.000,00 € |
PO-2018/12 |
Pontevedra |
Cañiza, A |
P3600900I |
EIM de A Cañiza |
34.993,86 € |
0,00 € |
55 |
31.576,34 € |
CO-2018/34 |
Coruña, A |
San Sadurniño |
P1507700A |
EIM A Rolada |
6.188,00 € |
0,00 € |
55 |
6.188,00 € |
CO-2018/2 |
Coruña, A |
Corcubión |
P1502800D |
EIM de Corcubión |
31.817,75 € |
0,00 € |
55 |
24.520,48 € |
PO-2018/4 |
Pontevedra |
Ponteareas |
P3604200J |
EIM de Ponteareas |
17.666,00 € |
2.666,00 € |
50 |
15.000,00 € |
CO-2018/9 |
Coruña, A |
Padrón |
P1506600D |
EIM de Padrón |
16.931,20 € |
0,00 € |
50 |
5.250,86 € |
LU-2018/2 |
Lugo |
Viveiro |
P2706700H |
EIM de Viveiro |
4.308,74 € |
0,00 € |
50 |
1.896,14 € |
CO-2018/3 |
Coruña, A |
Narón |
P1505500G |
EIM A Gándara/EIM Os Piñeiros/EIM A Solaina |
15.669,11 € |
0,00 € |
50 |
931,94 € |
CO-2018/4 |
Coruña, A |
Pontes de García Rodríguez, As |
P1507100D |
EIM Barosa |
14.207,83 € |
0,00 € |
50 |
5.841,10 € |
LU-2018/7 |
Lugo |
Monforte de Lemos |
P2703100D |
EIM de Monforte de Lemos |
4.209,95 € |
421,00 € |
50 |
3.788,95 € |
OU-2018/8 |
Ourense |
Vilar de Santos |
P3209100A |
PAI de Vilar de Santos |
10.159,89 € |
0,00€ |
50 |
8.061,70 € |
CO-2018/20 |
Coruña, A |
Trazo |
P1508700J |
PAI de Trazo |
5.715,51 € |
0,00 € |
50 |
5.177,06 € |
LU-2018/10 |
Lugo |
Palas de Rei |
P2704000E |
EIM de Palas de Rei |
34.699,49 € |
0,00 € |
50 |
17.515,46 € |
PO-2018/8 |
Pontevedra |
Meaño |
P3602700A |
EIM de Meaño |
21.998,79 € |
1.998,79 € |
45 |
17.161,58 € |