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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 234 Lunes, 10 de diciembre de 2018 Pág. 51614

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (PO 881/2017-MF).

PO. Procedimiento ordinario 881/2017-MF

Procedimiento de origen: sobre ordinario

Demandante: Silviu Asan

Graduada social: Matilde Mallo Nieves

Demandados: Fondo de Garantía Salarial, José Ramón Collazo Yáñez

Abogado/a: letrado/a de Fogasa

Yo, Susana Varela Amboage, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 881/2017 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Silviu Asan contra Fondo de Garantía Salarial y José Ramón Collazo Yáñez, sobre ordinario, se acordó citar a José Ramón Collazo Yáñez, en paradero desconocido, para que comparezca en la sala de vistas del Juzgado de lo Social número 3, situado en la calle Berlín, s/n; polígono de As Fontiñas, CP 15707, Santiago de Compostela, el día 4 de febrero de 2019, a las 11.30 horas, a fin de celebrar los actos de conciliación y, en su caso, juicio. Podrá comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse. Se le advierte que es una única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por la falta injustificada de asistencia.

Se le hace saber que tiene a su disposición, en la oficina judicial, la cédula de citación, la copia de la demanda, el decreto de su admisión y también las demás resoluciones y documentos que figuran en el procedimiento.

Asimismo, se le advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán mediante la fijación de una copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir la forma de auto o sentencia, o cuando se trate de un emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado o representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, deberá poner esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, al objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado social colegiado o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto del juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.

Para que sirva de citación a José Ramón Collazo Yáñez, así como para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios, expido la presente cédula.

Santiago de Compostela, 19 de noviembre de 2018

La letrada de la Administración de justicia