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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 228 Jueves, 29 de noviembre de 2018 Pág. 50632

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 5 de noviembre de 2018 por la que se notifica la resolución del expediente de reposición de la legalidad urbanística COR/214/2015-RP1.

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, el día 27 de septiembre de 2018, dictó resolución por la que se declara que las obras llevadas a cabo, en el lugar de Trasariz, nº 2, parroquia de San Fins de Sales, en el término municipal de Vedra, provincia de A Coruña, non son legalizables por ser incompatibles con el ordenamiento urbanístico y ordena su demolición.

Al no poder realizarse realizar la notificación personal de esta resolución a Mª Victoria Segade Fernández y a los herederos de Juan Guillermo Iglesias Segade, mediante esta cédula y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se le notifica a la persona interesada dicha resolución por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica en su integridad, se hace saber a la persona interesada que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística sitas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, la persona interesada puede interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que se haya producido la notificación, ante el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, o bien, si no ejerce su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, pueden interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y le sirva de notificación a la persona interesada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 5 de noviembre de 2018

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística