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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 219 Viernes, 16 de noviembre de 2018 Pág. 49301

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

ACUERDO de 25 de octubre de 2018, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por el que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa previa, de construcción y declaración de utilidad pública, en concreto, de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Santa Comba (expediente IN407A 2018/182-1).

Nº de expediente: IN407A 2018/182-1.

Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.

Denominación: retranqueo LMT. TA2-809 derivada a CT Almozara.

Ayuntamiento: Santa Comba.

Características técnicas:

LMTA a 20 kV, de 159 m, conductor tipo LA-30 Al (existente), con origen en el apoyo número 130-B-47-11 existente tipo HV-15/630, de la LMTA. TA2-809, en el tramo de la derivada a los CT Almozara (expediente 145/00), Loureiro ( expediente 145/00) y Campelo (expediente 145/00), y final en el apoyo número 130-B-47-12 existente tipo HV-13/1000, de la LMTA. TA2-809, donde se realiza la derivada al CT. Almozara existente (expediente 145/200). Nuevo apoyo intercalado entre los existentes tipo CH-15/1000 y retensado de los vanos adyacentes.

Legislación de aplicación:

– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

– Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de deciembre).

– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

– Resolución de 19 de febrero de 2014 por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción, de acuerdo con lo previsto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (DOG núm. 54, de 19 de marzo).

– Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).

– Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 20 de junio).

La relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados que se considera de necesaria expropiación figura en el anexo que se acompaña a esta resolución.

La declaración de utilidad pública, según el artículo 56 de la Ley 24/2013, del sector eléctrico, llevará implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación, a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

Todas aquellas personas o entidades que se consideren afectadas podrán examinar el expediente y presentar alegaciones en el Servicio de Energía y Minas de la Jefatura Territorial de Economía, Empleo e Industria, sita en la calle Vicente Ferrer, nº 2, 2ª planta, 15071 A Coruña, en el plazo de veinte días a partir del día siguiente al de la última publicación de este anuncio.

Asimismo, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, cuando las personas propietarias o titulares de derechos sobre las fincas afectadas sean desconocidas, se ignore el lugar de notificación o bien, intentada ésta, no se hubiese podido practicar, la notificación se hará por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.

A Coruña, 25 de octubre de 2018

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña

ANEXO

Expediente: IN407A 2018/182-1.

Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.

Denominación: retranqueo LMT. TA2-809 derivada a CT. Almozara.

Ayuntamiento: Santa Comba.

Relación de propietarias/os, bienes y derechos afectados

Número de finca: 1.

Lugar: Almozara.

Cultivo: prado.

Propietario: Domingo Caamaño Silva.

Afección de suelo en pleno dominio: apoio núm. 130-B-47-1 1/1, 2.0 m2.