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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 210 Lunes, 5 de noviembre de 2018 Pág. 47962

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO de notificación de sentencia (RSU 1448/2018-GA).

Tipo y número de recurso: RSU recurso de suplicación 1448/2018GA

Juzgado de origen/autos: procedimiento de oficio autoridad laboral 357/2017 Juzgado de lo Social número 1 de Ourense

Recurrente: Fernando Miguel Duegues Fernandes-Marques

Abogado: Ignacio José Sevilla Gallo

Procurador: Camilo Enríquez Naharro

Recurridos: Subdelegación del Gobierno en Ourense, Ministerio Fiscal, Solcireht Margarita Manzo Piña, Alexandra da Silva Mota

Abogado: abogado del Estado

Yo, M. Socorro Bazarra Varela, letrada de la Administración de justicia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 1448/2018 de esta sección, seguido a instancia de Fernando Miguel Duegues Fernandes-Marques contra la Subdelegación del Gobierno en Ourense, Ministerio Fiscal, Solcireht Margarita Manzo Piña y Alexandra da Silva Mota, sobre otros derechos laborales, se ha dictado la siguiente resolución:

«Fallamos.

Que con desestimación del recurso interpuesto por la representación procesal del codemandado Fernando Miguel Duegues Fernandes-Marques, confirmamos la sentencia de fecha nueve de octubre de dos mil diecisiete dictada por el juzgado de lo Social número 1 de los de Ourense, dictada en autos 357/2017 sobre procedimiento de oficio.

Incorpórese el original de esta sentencia, por su orden, al libro de sentencias de este Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Sala de lo Social.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina, que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el número 1552 0000 37, seguida de cuatro dígitos correspondientes al número del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37 o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “Observaciones o concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 ó 37 **** ++).

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Alexandra da Silva Mota, en ignorado paradero, expido este edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 28 de septiembre de 2018

La letrada de la Administración de justicia