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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 210 Lunes, 5 de noviembre de 2018 Pág. 47950

III. Otras disposiciones

Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional

RESOLUCIÓN de 24 de ocutubre de 2018 por la que se conceden las ayudas de la Orden de 4 de julio de 2018, modificada por la Orden de 9 de octubre de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para la mejora, creación, reconocimiento y estructuración de agrupaciones estratégicas del Sistema universitario de Galicia, y se procede a su convocatoria para el ejercicio 2018.

La Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria mediante la Orden de 4 de julio de 2018 (DOG núm. 116, de 5 de junio), modificada por la Orden de 9 de octubre de 2018 (DOG núm. 199, de 17 de octubre) estableció las bases reguladoras y convocó, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas para la mejora, creación, reconocimiento y estructuración de agrupaciones estratégicas del Sistema universitario de Galicia

Una vez finalizada la tramitación establecida en el artículo 9, se realizó el proceso de evaluación y selección de las solicitudes, de acuerdo con el artículo 10 de la orden de convocatoria.

La competencia para resolver estas ayudas le corresponde a la persona titular de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional, de acuerdo con el artículo 10 de la convocatoria.

En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 de las bases de la convocatoria y atendiendo a la propuesta de concesión elevada por el órgano instructor a partir del informe de la comisión de selección, a través de la Secretaría General de Universidades, esta consellería

RESUELVE:

Primero. Conceder a las entidades que a continuación se relacionan (con indicación de la denominación de la agrupación y el acrónimo) las ayudas de la modalidad A y B, para la mejora, creación, reconocimiento y estructuración de agrupaciones estratégicas del Sistema universitario de Galicia.

Modalidad A:

Nº exp.

Univ.

Nombre de la agrupación

Acrónimo

Importes

2018

2019

2020

Total

ED431E 2018/03

UDC

CICA-INIBIC

CICA-INIBIC

136.379,02 €

218.206,43 €

190.930,63 €

545.516,08 €

ED431E 2018/01

USC

Cross-Research in Environmental Technologies

CRETUS

150.000,00 €

240.000,00 €

210.000,00 €

600.000,00 €

ED431E 2018/02

UVIGO

Economics and Business Administration for Society

ECOBAS

100.000,00 €

160.000,00 €

140.000,00 €

400.000,00 €

Modalidad B:

Nº exp.

Univ.

Nombre de la agrupación

Acrónimo

Importes

2018

2019

2020

Total

ED431E 2018/11

UDC

Enxeñería Civil e Edificación-CITEEC

A-CITEEC

100.000,00 €

160.000,00 €

140.000,00 €

400.000,00 €

ED431E 2018/08

USC

AE Materiales

AEMAT

125.000,00 €

200.000,00 €

175.000,00 €

500.000,00 €

ED431E 2018/09

USC

Gestión y Producción Sostenible de Biorrecursos

BioReDes

101.439,79 €

162.303,66 €

142.015,71 €

405.759,16 €

ED431E 2018/07

UVIGO

Cluster de Investigación e Transferencia Agroalimentario
do Campus da Auga

CITACA

106.020,94 €

169.633,51 €

148.429,32 €

424.083,77 €

Segundo. Las solicitudes no incluidas en esta resolución se entenderán denegadas o desestimadas.

Tercero. Las ayudas se imputarán al capítulo VII de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia, en la aplicación 10.40.561B.744.0.

Agrupaciones estratégicas

Entidad beneficiaria

Crédito

2018

2019

2020

Total

Modalidad A

UDC

136.379,02 €

218.206,43 €

190.930,63 €

545.516,08 €

USC

150.000,00 €

240.000,00 €

210.000,00 €

600.000,00 €

UVIGO

100.000,00 €

160.000,00 €

140.000,00 €

400.000,00 €

Total

386.379,02 €

618.206,43 €

540.930,63 €

1.545.516,08 €

Modalidad B

UDC

100.000,00 €

160.000,00 €

140.000,00 €

400.000,00 €

USC

226.439,79 €

362.303,66 €

317.015,71 €

905.759,16 €

UVIGO

106.020,94 €

169.633,51 €

148.429,32 €

424.083,77 €

Total

432.460,73 €

691.937,17 €

605.445,03 €

1.729.842,93 €

Las ayudas concedidas se imputaran al plan de financiamiento del SUG para el período 2016-2020.

Cuarto. De acuerdo con el artículo 13 de la convocatoria, la subvención será librada a la entidad beneficiaria a la que pertenezca la agrupación, conforme a la resolución de concesión y de acuerdo con la normativa vigente.

Para poder proceder al libramiento de los fondos será preciso que la entidad beneficiaria remita la documentación que se detalla en el artículo 13 de la convocatoria en las fechas indicadas en él, teniendo en cuenta la modificación establecida en la Orden de 9 de octubre de 2018 (DOG núm.199, de 17 de octubre).

Quinto. El incumplimiento de las obligaciones contenidas en la orden de convocatoria o en la demás normativa aplicable, así como de las condiciones que se establecen en esta resolución, dará lugar a la obligación de devolver total o parcialmente las subvenciones percibidas, así como los intereses de demora correspondientes.

Sexto. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el Diario Oficial de Galicia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con los artículos 19 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 24 de octubre de 2018

Carmen Pomar Tojo
Conselleira de Educación, Universidad y Formación Profesional