La Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria mediante la Orden de 4 de julio de 2018 (DOG núm. 116, de 5 de junio), modificada por la Orden de 9 de octubre de 2018 (DOG núm. 199, de 17 de octubre) estableció las bases reguladoras y convocó, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas para la mejora, creación, reconocimiento y estructuración de agrupaciones estratégicas del Sistema universitario de Galicia
Una vez finalizada la tramitación establecida en el artículo 9, se realizó el proceso de evaluación y selección de las solicitudes, de acuerdo con el artículo 10 de la orden de convocatoria.
La competencia para resolver estas ayudas le corresponde a la persona titular de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional, de acuerdo con el artículo 10 de la convocatoria.
En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 de las bases de la convocatoria y atendiendo a la propuesta de concesión elevada por el órgano instructor a partir del informe de la comisión de selección, a través de la Secretaría General de Universidades, esta consellería
RESUELVE:
Primero. Conceder a las entidades que a continuación se relacionan (con indicación de la denominación de la agrupación y el acrónimo) las ayudas de la modalidad A y B, para la mejora, creación, reconocimiento y estructuración de agrupaciones estratégicas del Sistema universitario de Galicia.
Modalidad A:
Nº exp. |
Univ. |
Nombre de la agrupación |
Acrónimo |
Importes |
|||
2018 |
2019 |
2020 |
Total |
||||
ED431E 2018/03 |
UDC |
CICA-INIBIC |
CICA-INIBIC |
136.379,02 € |
218.206,43 € |
190.930,63 € |
545.516,08 € |
ED431E 2018/01 |
USC |
Cross-Research in Environmental Technologies |
CRETUS |
150.000,00 € |
240.000,00 € |
210.000,00 € |
600.000,00 € |
ED431E 2018/02 |
UVIGO |
Economics and Business Administration for Society |
ECOBAS |
100.000,00 € |
160.000,00 € |
140.000,00 € |
400.000,00 € |
Modalidad B:
Nº exp. |
Univ. |
Nombre de la agrupación |
Acrónimo |
Importes |
|||
2018 |
2019 |
2020 |
Total |
||||
ED431E 2018/11 |
UDC |
Enxeñería Civil e Edificación-CITEEC |
A-CITEEC |
100.000,00 € |
160.000,00 € |
140.000,00 € |
400.000,00 € |
ED431E 2018/08 |
USC |
AE Materiales |
AEMAT |
125.000,00 € |
200.000,00 € |
175.000,00 € |
500.000,00 € |
ED431E 2018/09 |
USC |
Gestión y Producción Sostenible de Biorrecursos |
BioReDes |
101.439,79 € |
162.303,66 € |
142.015,71 € |
405.759,16 € |
ED431E 2018/07 |
UVIGO |
Cluster de Investigación e Transferencia Agroalimentario |
CITACA |
106.020,94 € |
169.633,51 € |
148.429,32 € |
424.083,77 € |
Segundo. Las solicitudes no incluidas en esta resolución se entenderán denegadas o desestimadas.
Tercero. Las ayudas se imputarán al capítulo VII de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia, en la aplicación 10.40.561B.744.0.
Agrupaciones estratégicas |
Entidad beneficiaria |
Crédito |
|||
2018 |
2019 |
2020 |
Total |
||
Modalidad A |
UDC |
136.379,02 € |
218.206,43 € |
190.930,63 € |
545.516,08 € |
USC |
150.000,00 € |
240.000,00 € |
210.000,00 € |
600.000,00 € |
|
UVIGO |
100.000,00 € |
160.000,00 € |
140.000,00 € |
400.000,00 € |
|
Total |
386.379,02 € |
618.206,43 € |
540.930,63 € |
1.545.516,08 € |
|
Modalidad B |
UDC |
100.000,00 € |
160.000,00 € |
140.000,00 € |
400.000,00 € |
USC |
226.439,79 € |
362.303,66 € |
317.015,71 € |
905.759,16 € |
|
UVIGO |
106.020,94 € |
169.633,51 € |
148.429,32 € |
424.083,77 € |
|
Total |
432.460,73 € |
691.937,17 € |
605.445,03 € |
1.729.842,93 € |
Las ayudas concedidas se imputaran al plan de financiamiento del SUG para el período 2016-2020.
Cuarto. De acuerdo con el artículo 13 de la convocatoria, la subvención será librada a la entidad beneficiaria a la que pertenezca la agrupación, conforme a la resolución de concesión y de acuerdo con la normativa vigente.
Para poder proceder al libramiento de los fondos será preciso que la entidad beneficiaria remita la documentación que se detalla en el artículo 13 de la convocatoria en las fechas indicadas en él, teniendo en cuenta la modificación establecida en la Orden de 9 de octubre de 2018 (DOG núm.199, de 17 de octubre).
Quinto. El incumplimiento de las obligaciones contenidas en la orden de convocatoria o en la demás normativa aplicable, así como de las condiciones que se establecen en esta resolución, dará lugar a la obligación de devolver total o parcialmente las subvenciones percibidas, así como los intereses de demora correspondientes.
Sexto. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el Diario Oficial de Galicia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con los artículos 19 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Santiago de Compostela, 24 de octubre de 2018
Carmen Pomar Tojo
Conselleira de Educación, Universidad y Formación Profesional