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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 209 Viernes, 2 de noviembre de 2018 Pág. 47934

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Mar

ORDEN de 3 de octubre de 2018 por la que se autoriza la transmisión mortis causa de la concesión administrativa y de la batea Barca III.

Visto el expediente instruido a efectos de transmisión de la batea Barca III y de la concesión administrativa que la ampara, resulta:

a) Antecedentes de hecho:

Primero. Mediante escrito de fecha 4 de septiembre de 2018, María Pilar Antepazo Paredes, en representación de los herederos de José Antepazo Pena, solicitó autorización para la transmisión mortis causa de la concesión administrativa y de la batea Barca III.

Segundo. La persona interesada aportó la documentación requerida para la tramitación.

Tercero. El informe del Servicio de Protección de los Recursos sobre las características de la batea es favorable.

b) Consideraciones legales y técnicas:

Primera. Este órgano es competente para resolver el expediente de conformidad con la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia (DOG núm. 243, de 16 de diciembre), modificada por la Ley 6/2009, de 11 de diciembre (DOG núm. 243, de 15 de diciembre); y con la Orden de 8 de septiembre de 2017, de delegación de competencias en la Secretaría General Técnica de la Consellería del Mar, en las direcciones generales y jefaturas territoriales y en la Presidencia del Consejo de Administración del ente público Puertos de Galicia.

Segunda. El expediente siguió todos los trámites establecidos en el procedimiento administrativo común, con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en aguas de Galicia, y en la Orden de 15 de junio de 1999, por la que se regula el procedimiento para la transmisión de la titularidad de las concesiones de los viveros de cultivos marinos en aguas de Galicia.

Vistas las disposiciones citadas, el artículo 88 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y demás normas de general y pertinente aplicación, esta consellería resuelve:

Autorizar la transmisión mortis causa, a favor de María del Pilar Antepazo Paredes (78733356D), María Jesús Antepazo Paredes (78733325R), Pedro Pablo Antepazo Paredes (78733359N) y Josefa Paredes Juncal (76831346F), de la concesión administrativa y de la batea que se indica a continuación:

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: Barca III.

Situación:

Cuadrícula nº: 4.

Polígono: H.

Distrito: Cangas (Pontevedra).

Especie autorizada: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título habilitante: concesión.

Orden de otorgamiento: 3.6.1964.

Fin de la vigencia: 15.12.2019.

Actuales titulares: José Antepazo Pena y Josefa Paredes Juncal (76831346F).

Nuevos titulares: María del Pilar Antepazo Paredes (78733356D), María Jesús Antepazo Paredes (78733325R), Pedro Pablo Antepazo Paredes (78733359N) y Josefa Paredes Juncal (76831346F).

Los nuevos titulares de la concesión se subrogan en los derechos y obligaciones de los anteriores.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la conselleira del Mar, o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, contados en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Vigo, 3 de octubre de 2018

La conselleira del Mar
P.D. (Orden de 8.9.2017)
Sonia Lorenzo Santos
Jefa territorial de Vigo