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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 209 Viernes, 2 de noviembre de 2018 Pág. 47833

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo

RESOLUCIÓN de 17 de octubre de 2018 por la que se da publicidad del agotamiento de crédito de la Orden de 21 de diciembre de 2017, de la Consellería de Infraestructuras y Vivienda, por la que se establecen las bases reguladoras aplicables a la concesión de las subvenciones para rehabilitar las antiguas viviendas de maestros, de otros oficios y demás edificios y viviendas de titularidad municipal, y se procede a su convocatoria para el año 2018, con carácter plurianual.

Hechos.

Primero. La Orden de 21 de diciembre de 2017, de la Consellería de Infraestructuras y Vivienda, publicada en el Diario Oficial de Galicia (en adelante, DOG) número 246, de 29 de diciembre de 2017, aprobó las bases reguladoras aplicables a la concesión de las subvenciones para rehabilitar las antiguas viviendas de maestros, de otros oficios y viviendas de titularidad municipal, y procedió a su convocatoria para el año 2018, con carácter plurianual.

Segundo. En el artículo 15 de la Orden de 21 de diciembre de 2017 se indica que las resoluciones de concesión se dictarán por riguroso orden cronológico de entrada de las solicitudes en la sede electrónica de la Xunta de Galicia hasta agotar el crédito presupuestario disponible. A tal fin, se considerará fecha de presentación de la solicitud aquella en la que conste como válidamente presentada, por haberse cubierto en la forma correcta y venir acompañada de la totalidad de los documentos exigidos en la convocatoria.

Tercero. Una vez revisadas y ordenadas todas las solicitudes presentadas con la documentación completa, la última solicitud que se pudo conceder antes del agotamiento del crédito para la anualidad 2018 tuvo la fecha de 22 de junio de 2018, y para la anualidad de 2019 la fecha de 21 de mayo de 2018.

Consideraciones jurídicas.

Primera. El artículo 17.2 de la Orden de 21 de diciembre de 2017 establece que serán denegadas aquellas solicitudes que no dispusieran de cobertura presupuestaria en el momento de su resolución.

Segunda. El artículo 26 de la citada orden establece que el momento del agotamiento del crédito será publicado en el DOG mediante resolución de la persona titular de la Dirección General del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo.

En virtud de lo expuesto anteriormente, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 31.4 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia,

RESUELVO:

Dar a conocer el agotamiento, con fecha 22 de junio de 2018 para la anualidad de 2018 y de 21 de mayo de 2018 para la anualidad de 2019, del crédito autorizado en el ejercicio 2018 para sufragar las subvenciones para rehabilitar las antiguas viviendas de maestros, de otros oficios y viviendas de titularidad municipal.

Santiago de Compostela, 17 de octubre de 2018

Heriberto García Porto
Director general del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo