Por las órdenes de 16 de julio de 2013, y de 18 de mayo de 2015 (DOG núm. 140, de 24 de julio, y núm. 95, de 22 de mayo, respectivamente), se convocaron procesos selectivos para el ingreso en el cuerpo de gestión de Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo A2, escala técnica de finanzas.
Por las órdenes de 19 de octubre de 2015 (DOG núm. 202, de 22 de octubre), y de 26 de julio de 2017 (DOG núm. 145, de 1 de agosto), fueron nombradas personal funcionario de dicha escala y se les adjudicaron destinos provisionales a las personas aspirantes que superaron los procesos selectivos convocados por las órdenes de 16 de julio de 2013, y de 18 de mayo de 2015, respectivamente.
En atención a todo lo expuesto y según lo dispuesto en el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, y la Ley 2/2015, de 29 de abril, de empleo público de Galicia, y demás normativa concordante, esta consellería
DISPONE:
Primero. Convocar al personal funcionario que figura en las órdenes de 19 de octubre de 2015, y de 26 de julio de 2017, y que se encuentran en destino provisional por nuevo ingreso, al acto de elección de destino definitivo que tendrá lugar en el salón de actos núm. 2 de la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia (Edificio Administrativo San Caetano, s/n, Santiago de Compostela), el día 24 de octubre de 2018, a las 10.30 horas.
Segundo. El personal funcionario convocado podrá elegir entre los puestos que se relacionan en el anexo de esta orden según el orden alcanzada en el respectivo proceso selectivo, siempre que reúnan las condiciones exigidas en él.
El personal funcionario nombrado por la Orden de 19 de octubre de 2015 tendrá preferencia sobre el nombrado por la Orden de 26 de julio de 2017.
Tercero. El personal funcionario deberá ir provisto de DNI u otro documento que acredite fehacientemente su identidad; en el caso de no comparecer personalmente, podrá ser representado por terceras personas con poder notarial suficiente.
Cuarto. Las personas que no comparezcan personalmente o por medio de representantes les serán adjudicadas en destino definitivo los puestos que les correspondan atendiendo al orden de publicación de estos y al número obtenido en el proceso selectivo, una vez concluído el proceso de adjudicación de los puestos a las personas presentes o representadas, entre los que quedaran sin adjudicar.
Quinto. El personal funcionario podrá solicitar ser declarado en excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público o por interés particular reguladas, respectivamente, en los artículos 174 y 173.3.d) de la Ley 2/2015, de 29 de abril, de empleo público de Galicia.
Sexto. Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá presentar recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Hacienda en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde esa misma fecha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Santiago de Compostela, 11 de octubre de 2018
Valeriano Martínez García
Conselleiro de Hacienda