DOI despido objetivo individual 641/2017
Demandante: Natalia Vilasuso López
Abogado: Juan José Otero Lourido
Demandados: Mónica Cebro Rodríguez, Ramón Cebro Rodríguez, José Luis Cebro Rodríguez, herencia yacente de Manuel Cebro Sousa, Fondo de Garantía Salarial, María Ríos Varela, Juan Cebro Rodríguez, Alejandro Cebro Rodríguez
Abogado/a: letrado/a de Fogasa,
Graduado social: Francisco Javier Castro Freire
Yo, María Teresa Vázquez Abades, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento despido objetivo individual 641/2017 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Natalia Vilasuso López contra Mónica Cebro Rodríguez, Ramón Cebro Rodríguez, José Luis Cebro Rodríguez, herencia yacente de Manuel Cebro Sousa, Fondo de Garantía Salarial, María Ríos Varela, Juan Cebro Rodríguez, Alejandro Cebro Rodríguez sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
«Parte dispositiva:
Se acuerda aclarar el contenido de la sentencia de fecha 26 de junio de 2018, de tal forma que su contenido se sustituye por el siguiente:
En el hecho probado cuarto de la sentencia debe decir: “El 26 de julio de 2017 la empresa le notificó carta de despido con efectos de 10 de agosto de 2017 alegando causas objetivas de naturaleza económica y productiva, por los motivos que constan en la propia carta aportada como doc. nº 1 del ramo de prueba de la actora, cuyo contenido se da íntegramente por reproducido en este momento en aras de la brevedad, al amparo de lo establecido en el artículo 52.c) del ET”.
Notifíquese esta resolución a las partes.
Esta resolución no es susceptible de recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que puedan interponerse contra la resolución que es objeto de rectificación.
Así lo acuerda, manda y firma, Ana María Souto González, magistrada jueza de refuerzo del Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela».
Y para que sirva de notificación en legal forma a Mónica Cebro Rodríguez, Ramón Cebro Rodríguez, José Luis Cebro Rodríguez, Juan Cebro Rodríguez, en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el boletín oficial correspondiente.
Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
Santiago de Compostela, 12 de septiembre de 2018
La letrada de la Administración de justicia