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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 187 Lunes, 1 de octubre de 2018 Pág. 44131

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

RESOLUCIÓN de 18 de septiembre de 2018, de la Dirección General de Patrimonio Natural, por la que se actualiza la delimitación de las áreas prioritarias de reproducción, de alimentación, de dispersión y de concentración local de aves incluidas en el Catálogo gallego de especies amenazadas, y se dispone la publicación de las zonas de protección existentes en la Comunidad Autónoma de Galicia en las que serán de aplicación medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.

Las líneas eléctricas de alta tensión son una causa potencial de mortalidad para muchas especies de aves, especialmente para aquellas de tamaño corporal mediano y grande. La creciente demanda de energía eléctrica lleva al incremento del número de líneas eléctricas instaladas en el medio natural, con el consiguiente riesgo de electrocución o de colisión de las aves en dichas infraestructuras. La electrocución y la colisión en las estructuras de conducción eléctrica están entre las principales causas de mortalidad no natural más frecuentes en la avifauna, hasta el punto de suponer actualmente el mayor problema de conservación para diversas especies de grandes rapaces.

Para minimizar los efectos negativos sobre las aves de las líneas eléctricas de alta tensión, se aprobó el Real decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.

En el artículo 4 de ese real decreto se establece que cada comunidad autónoma publicará en el correspondiente diario oficial las zonas de protección para la avifauna existentes en su territorio, incluyendo dentro de esas zonas de protección:

a) Los territorios designados como zona de especial protección para las aves (ZEPA), de acuerdo con los artículos 43 y 44 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de patrimonio natural y de la biodiversidad.

b) Los ámbitos de aplicación de los planes de recuperación y conservación elaborados por las comunidades autónomas para las especies de aves incluidas en el Catálogo español de especies amenazadas o en los catálogos autonómicos.

c) Las áreas prioritarias de reproducción, alimentación, dispersión y concentración local de aquellas especies de aves incluidas en el Catálogo español de especies amenazadas, o en los catálogos autonómicos, cuando dichas áreas no se encuentren ya comprendidas en las correspondientes a los tipos anteriores.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 4.2 del Real decreto 1432/2008, de 29 de agosto, y tras informe favorable por la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad en su sesión de 30 de mayo de 2011, la Xunta de Galicia publicó en el Diario Oficial de Galicia la delimitación de las áreas prioritarias de reproducción, de alimentación, de dispersión y de concentración local de aves incluidas en el Catálogo gallego de especies amenazadas, y de las zonas de protección existentes en la Comunidad Autónoma de Galicia en las que serán de aplicación medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, mediante la Resolución de 28 de noviembre de 2011, de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza (DOG nº 242, de 21 de diciembre).

Dichas zonas de protección, recogidas en el anexo I de aquella resolución, incluían:

a) Las zonas de especial protección para las aves (ZEPA) designadas de acuerdo con los artículos 43 y 44 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de patrimonio natural y de la biodiversidad.

b) Las áreas prioritarias de reproducción, de alimentación, de dispersión y de concentración local de aves incluidas en el Catálogo gallego de especies amenazadas.

Desde la publicación de aquella resolución se ha recogido y analizado suficiente información sobre el uso del territorio de ejemplares de las especies de aves incluidas en el Catálogo gallego de especies amenazadas y, más en concreto, del águila real (Aquila chrysaetos L.), que hacen preciso actualizar la delimitación de las áreas prioritarias de reproducción, de alimentación, de dispersión y de concentración local de aves incluidas en el Catálogo gallego de especies amenazadas.

Por otra parte, de acuerdo con lo establecido en el articulo 4 del Real decreto 1432/2008, de 29 de agosto, la aprobación mediante decreto de dos planes de gestión de especies de aves amenazadas en Galicia (el plan de recuperación del escribano palustre noroccidental, y el plan de conservación del chorlitejo patinegro) hace preciso que se incorporen los ámbitos de aplicación de estos planes en las zonas de protección existentes en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Por estos motivos, la Dirección General de Patrimonio Natural ha elaborado una propuesta actualizada de la delimitación das áreas prioritarias de reproducción, de alimentación, de dispersión y de concentración local de aves incluidas en el Catálogo gallego de especies amenazadas y de las zonas de protección existentes en la Comunidad Autónoma de Galicia en las que serán de aplicación medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión. Se hace necesario, en consecuencia, dejar sin efecto la delimitación de estas zonas aprobada anteriormente.

El proyecto de la presente resolución fue sometido el 27 de julio de 2018 a procedimiento escrito de consulta a la Comisión Estatal de Patrimonio Natural y Biodiversidad, no habiéndose recibido ninguna alegación o consideración al proyecto dentro del plazo establecido.

Teniendo en cuenta las competencias que me confieren, en materia de conservación y protección del patrimonio natural de Galicia, el artículo 12 del Decreto 167/2015, de 13 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, y el Decreto 177/2016, de 15 de diciembre, por el que se fija la estructura orgánica de la Vicepresidencia y de las consellerías de la Xunta de Galicia,

RESUELVO:

Primero. Aprobar la delimitación actualizada de las áreas prioritarias de reproducción, de alimentación, de dispersión y de concentración local de las especies de aves incluidas en el Catálogo gallego de especies amenazadas que figura en el anexo I.

Segundo. Recoger en el anexo II la lista de especies consideradas para la delimitación de las áreas prioritarias definidas en el punto anterior.

Tercero. Publicar las zonas de protección para la avifauna del ámbito gallego a las que serán de aplicación las medidas de protección contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión establecidas en el Real decreto 1432/2008, de 29 de agosto.

Dichas zonas de protección, recogidas en el anexo I de la presente resolución, incluyen:

a) Las zonas de especial protección para las aves (ZEPA) designadas de acuerdo con los artículos 44 y 45 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de patrimonio natural y de la biodiversidad. En caso de cualquier discrepancia entre la cartografía de la presente resolución y la de los límites de las ZEPA aprobadas, prevalecerán los límites establecidos en la declaración de estas zonas de especial protección para las aves.

b) Las áreas de presencia y prioritarias de conservación de los planes de recuperación y conservación aprobados por la Comunidad Autónoma de Galicia para las especies de aves incluidas en el Catálogo gallego de especies amenazadas (escribano palustre noroccidental, Emberiza schoeniclus lusitanica, y chorlitejo patinegro, Charadrius alexandrinus L.). No obstante, en caso de aprobación de nuevos planes de gestión de especies de aves amenazadas en Galicia, en las áreas de presencia y prioritarias de conservación definidas en esos planes serán de aplicación las medidas de protección contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión establecidas en el Real decreto 1432/2008, de 29 de agosto, desde su entrada en vigor, sin perjuicio de la posterior modificación de la cartografía de la presente resolución.

c) Las áreas prioritarias de reproducción, alimentación, dispersión y concentración local de aquellas especies de aves incluidas en el Catálogo gallego de especies amenazadas, cuando dichas áreas no se encuentren ya comprendidas en las correspondientes a los tipos anteriores.

Cuarto. Se puede acceder a una versión en soporte digital de las zonas de protección a través del visor creado por el Instituto de Estudios del Territorio para visualizar y poner a disposición del público general aquella información geográfica relacionada con la conservación del patrimonio natural (https://mapas.xunta.es/visores/conservaciondanatureza/).

Quinto. Esta resolución deja sin efecto la Resolución de 28 de noviembre de 2011, de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza, por la que se delimitan las áreas prioritarias de reproducción, de alimentación, de dispersión y de concentración local de aves incluidas en el Catálogo gallego de especies amenazadas, y se dispone la publicación de las zonas de protección existentes en la Comunidad Autónoma de Galicia en las que serán de aplicación medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de alzada ante la conselleira de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 18 de septiembre de 2018

Ana María Díaz López
Directora general de Patrimonio Natural

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ANEXO II

Avetoro común (Botaurus stellaris)

Avetorillo común (Ixobrychus minutus)

Cerceta común (Anas crecca)

Milano real (Milvus milvus)

Alimoche común (Neophron pernocpterus)

Aguilucho pálido (Circus cyaneus)

Aguilucho cenizo (Circus pygargus)

Águila real (Aquila chrysaetos)

Águila-azor perdicera (Hieraeetus fasciatus)

Águila pescadora (Pandion haliaetus)

Urogallo común (Tetrao urogallus cantabricus)

Perdiz pardilla (Perdix perdix hispaniensis)

Sisón común (Tetrax tetrax)

Ostrero euroasiático (Haematopus ostralegus)

Cigüeñuela común (Himantopus himantopus)

Alcaraván común (Burhinus oedicnemus)

Avefría europea (Vanellus vanellus)

Agachadiza común (Gallinago gallinago)

Chocha perdiz (Scolopax rusticola)

Zarapito real (Numenius arquata)

Búho real (Bubo bubo)

Pechiazul (Luscinia svecica)