La Orden de 16 de marzo de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras y se procede a la convocatoria pública de subvenciones para la programación de acciones formativas dirigidas a las personas trabajadoras desempleadas en la Comunidad Autónoma de Galicia correspondiente a los ejercicios de 2018 y 2019 (código de procedimiento TR301K), establece en su artículo 37.1 párrafo 3 que los créditos se podrán modificar en los supuestos y en las condiciones previstas en los artículos 30 y 31 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de subvenciones de Galicia.
En consecuencia, al existir remanentes de otras convocatorias financiadas con cargo al mismo crédito o a créditos incluidos en el mismo programa o en programas del mismo servicio, es necesario ampliar el importe de los créditos destinados a las ayudas que podrán ser concedidas al amparo de la referida Orden de 16 de marzo de 2018, con la finalidad de ampliar la subvención al mayor número de beneficiarios posibles.
Por todo lo expuesto, en el uso de las facultades que me fueron conferidas,
DISPONGO:
Artículo único
Se amplia el importe total de los créditos destinados a las ayudas que se van conceder al amparo de la Orden de 16 de marzo de 2018, en las siguientes cuantías y aplicación presupuestarias, con ampliaciones de créditos de aplicaciones del mismo programa o programas del mismo servicio.
Aplicación |
Proyecto |
Importe (€) |
||
Vigente, tras el reajuste |
2018 |
2019 |
||
09.41.323A.460.1 |
2013 00545 |
1.038.435,74 € |
1.753.722,60 € |
|
09.41.323A.471.0 |
2013 00545 |
9.762.871,28 € |
8.386.211,96 € |
|
09.41.323A.481.0 |
2013 00545 |
2.970.660,09 € |
2.712.284,35 € |
|
2018 |
2019 |
|||
Ampliación |
||||
09.41.323A.460.1 |
2013 00545 |
357.788,38 € |
363.482,42 € |
|
09.41.323A.471.0 |
2013 00545 |
8.047.118,56 € |
8.315.590,85 € |
|
09.41.323A.481.0 |
2013 00545 |
2.914.609,04 € |
2.909.766,15 € |
|
Total |
||||
09.41.323A.460.1 |
2013 00545 |
1.396.224,12 € |
2.117.205,02 € |
|
09.41.323A.471.0 |
2013 00545 |
17.809.989,84 € |
16.701.802,50 € |
|
09.41.323A.481.0 |
2013 00545 |
5.885.269,13 € |
5.622.050,50 € |
En cada una de las provincias gallegas, el reparto de los referidos importes de la ampliación por aplicación presupuestaria y anualidad se realizará en función de las siguientes porcentajes, de tal forma que se pueda atender un porcentaje similar de la demanda de acciones formativas para personas desempleadas en todo el territorio de Galicia.
A Coruña |
40,88 % |
Lugo |
40,81 % |
Ourense |
40,92 % |
Pontevedra |
40,94 % |
Disposición final única. Entrada en vigor
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 19 de septiembre de 2018
Francisco José Conde López
Conselleiro de Economía, Empleo e Industria