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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 170 Jueves, 6 de septiembre de 2018 Pág. 40199

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 14 de agosto de 2018 por la que se notifica la orden de suspensión del expediente COR/76/2018-S1.

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística el día 20 de julio de 2018 dictó resolución por la que se ordena la inmediata suspensión de las obras realizadas en suelo rústico en el lugar de As Pedreiras, Liáns, término municipal de Oleiros, provincia de A Coruña.

Al no poder realizarse la notificación personal de esta resolución a Francisco Amenedo Paredes y a Josefa Carmen Carrillo Souto, mediante esta cédula, y al amparo de los dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se le notifica a las personas interesadas dicha resolución por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica en su integridad, se hace saber a las personas interesadas que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística sitas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez (10) días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en el que se haya producido la notificación, ante el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, o bien, si no ejercita su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, pueden interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y sirva de notificación a las personas interesadas, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 14 de agosto de 2018

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística