En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de libertad sindical, y a los efectos previstos en el mismo, se hace público que en la correspondiente oficina pública de depósito de estatutos de organizaciones sindicales y empresariales de esta secretaría general se ha acordado depositar el acuerdo de modificación de los estatutos del Sindicato de los Traballadores da Limpeza (STL).
– Ámbito territorial: Comunidad Autónoma de Galicia.
– Ámbito profesional: podrán afiliarse todos los trabajadores englobados dentro del sector de la limpieza, descritos en el artículo 4 de los presentes estatutos, mayores de 16 anos, tanto en activo como jubilados, desempleados o autónomos, que no tengan trabajadores a su cargo.
Firmantes: Miguel Ángel Sánchez Fuentes y Luis Martínez Castelo.
Santiago de Compostela, 8 de agosto de 2018
Covadonga Toca Carús
Secretaria general de Empleo