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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 154 Lunes, 13 de agosto de 2018 Pág. 37821

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ORDEN de 30 de julio de 2018 por la que se modifica la Orden de 5 de diciembre de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a ayuntamientos de Galicia y a sus entidades públicas con personalidad jurídica propia, y agrupaciones de ayuntamientos, para el equipamiento y mejora de las instalaciones y locales utilizados para la realización de actividades culturales, y se procede a su convocatoria para el año 2018.

El día 17 de enero de 2018 (DOG núm. 12) se publicó la Orden de 5 de diciembre de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a ayuntamientos de Galicia y a sus entidades públicas con personalidad jurídica propia y agrupaciones de ayuntamientos, para el equipamiento y mejora de las instalaciones y locales utilizados para la realización de actividades culturales, y se procede a su convocatoria para el año 2018.

En el artículo 13.1 de dicha orden se establecía que los beneficiarios de las ayudas quedan obligados a acreditar la realización de los proyectos subvencionados y a justificar la totalidad del presupuesto antes del 30 de septiembre de 2018; en caso de no justificarse la totalidad del presupuesto del proyecto, la subvención será minorada en la misma proporción.

Teniendo en cuenta la fecha de resolución de dichas ayudas, motivada por el largo proceso de evaluación y resolución, junto con la complejidad de la ejecución de los proyectos, y con el fin de hacer viables los procesos de ejecución y justificación de las inversiones, por parte de las entidades beneficiarias, sin que con ello se cause perjuicios a terceros, se considera necesario ampliar el plazo de justificación.

Visto lo anterior,

DISPONGO:

Artículo único. Modificación de la Orden de 5 de diciembre de 2017

Se modifica el artículo 13.1 de la Orden de 5 de diciembre de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a ayuntamientos de Galicia y a sus entidades públicas con personalidad jurídica propia, y agrupaciones de ayuntamientos, para el equipamiento y mejora de las instalaciones y locales utilizados para la realización de actividades culturales, y se procede a su convocatoria para el año 2018, que quedaría redactado como sigue:

Artículo 13. Justificación

1. Los beneficiarios de las ayudas quedan obligados a acreditar la realización de los proyectos subvencionados y a justificar la totalidad del presupuesto antes del 30 de octubre de 2018; en caso de no justificarse la totalidad del presupuesto del proyecto, la subvención será minorada en la misma proporción. En cualquier caso, el beneficiario deberá justificar un porcentaje mínimo del 50 % del importe total de la inversión subvencionable; de no alcanzarse ese mínimo, se entiende que no se lograron los objetivos propuestos en la solicitud y, por lo tanto, se determinará la pérdida del derecho al cobro de la subvención concedida.

Disposición final única. Entrada en vigor

Esta orde entrará en vigor al día siguinte al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 30 de julio de 2018

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria