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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 128 Jueves, 5 de julio de 2018 Pág. 32307

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

RESOLUCIÓN de 25 de junio de 2018, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se amplía la dotación presupuestaria de la Resolución de 29 de diciembre de 2017, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia para la promoción de la igualdad, de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (FSE) con cargo al programa operativo FSE Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria en el año 2018 (SI435B, SI435A, SI427B) (Diario Oficial de Galicia número 15, de 22 de enero).

Mediante la Resolución de 29 de diciembre de 2017 se establecieron las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones, en concurrencia competitiva, de las ayudas a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia para la promoción de la igualdad, de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (FSE) con cargo al programa operativo FSE Galicia 2014-2020, para el año 2018. Las ayudas tienen como finalidad el desarrollo de los siguientes programas: Programa de fomento de la conciliación de la vida personal, laboral y familiar (procedimiento SI435B), Programa de prevención y tratamiento integral de la violencia de género (procedimiento SI435A) y Programa de apoyo a los centros de información a la mujer (procedimiento SI427B) (DOG núm. 15, de 22 de enero).

Esta orden se tramitó como expediente anticipado de gasto de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1.1 de la Orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 11 de febrero de 1998 por la que se regula la tramitación anticipada de expedientes de gasto (DOG núm. 34, de 19 de febrero), modificada por la Orden de 27 de noviembre de 2000 (DOG núm. 209, de 29 de noviembre) y por la Orden de 25 de octubre de 2001 (DOG núm. 201, de 29 de octubre), al existir crédito adecuado y suficiente para este fin en el proyecto de Ley de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma aprobado por el Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día 19 de octubre de 2017, en la que se acordó su remisión al Parlamento de Galicia para su tramitación.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la convocatoria, el crédito destinado a la financiación de estas ayudas es el siguiente:

Programa

Aplicación

Código de proyecto

Importe 2018

Importe 2019

Total

Fomento de la conciliación de la vida personal, laboral y familiar (procedimiento SI435B)

05.11.312G.460.1

2016 00018

524.926,51

-

524.926,51

Prevención y tratamiento integral de la violencia de género (procedimiento SI435A)

05.11.313B.460.0

2015 00144

352.000,00

-

352.000,00

Apoyo a los centros de información a las mujeres (procedimiento SI427B)

05.11.313B.460.0

2015 00144

1.901.685,47

1.470.000,00

3.371.685,47

Totales

2.778.611,98

1.470.000,00

4.248.611,98

Al existir crédito disponible en la aplicación presupuestaria 05.11.312G.460.1, en el código de proyecto 2016 00018 con la denominación RECURSOS Y PROGRAMAS DE CONCILIACIÓN Y CORRESPONSABILIDAD, con el fin de poder amparar un mayor número de solicitudes presentadas y que cumplen con los requisitos exigidos en la convocatoria, se estima conveniente ampliar la dotación presupuestaria consignada para el Programa de conciliación (procedimiento SI435B), a través del supuesto previsto en el artículo 30.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de subvenciones de Galicia, y en el artículo 31.2.b) de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y en el artículo 2.3 de la Resolución de 29 de diciembre de 2017, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia para la promoción de la igualdad.

De conformidad con dichos preceptos reglamentarios, el órgano concedente debe publicar la ampliación de crédito en los mismos medios que la convocatoria, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de un nuevo cómputo de plazo para resolver.

En consecuencia con lo expuesto, de acuerdo con lo previsto en el Decreto 177/2016, de 15 de diciembre, por el que se fija la estructura orgánica de la Vicepresidencia y de las consellerías de la Xunta de Galicia, y según lo establecido en el Decreto 72/2013, de 25 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia y de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, le corresponde a la Secretaría General de la Igualdad, como órgano superior de la Administración autonómica en materia de igualdad, entre otras, impulsar las actuaciones conducentes a la promoción de la igualdad y a la eliminación de la discriminación entre mujeres y hombres, así como a la eliminación de la violencia de género en los términos establecidos en la Constitución, en el Estatuto de autonomía de Galicia, en el Decreto legislativo 2/2015, de 12 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de igualdad, y en la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género, y en la demás legislación aplicable en la materia, y le corresponde a la Secretaría General de la Igualdad la aprobación de las bases, de la convocatoria y las resoluciones en materia de ayudas y subvenciones, así como la administración de los créditos para gastos de su respectivo ámbito de competencia.

DISPONGO:

Artículo único.

1. Se amplía la dotación presupuestaria destinada a financiar el Programa de conciliación (procedimiento SI435B) establecida en el artículo 2.3 de la Resolución de 29 de diciembre de 2017, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia para la promoción de la igualdad, de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (FSE) con cargo al programa operativo FSE Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria en el año 2018.

2. El incremento de la dotación será de 119.870,31 € con cargo a la aplicación presupuestaria 05.11.312G.460.1, en el código de proyecto 2016 00018 con la denominación RECURSOS Y PROGRAMAS DE CONCILIACIÓN Y CORRESPONSABILIDAD consignada en el estado de gastos de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2018.

El crédito disponible para atender al Programa de fomento de la conciliación de la vida personal, laboral y familiar (procedimiento SI435B), queda así establecido en 644.796,82 €, con la siguiente distribución por aplicación presupuestaria:

Aplicación presupuestaria

Crédito actual

Ampliación

Crédito total

05.11.312G.460.1

524.926,51

119.870,19

644.796,82

Quedando el crédito total de la convocatoria de la siguiente manera:

Programa

Aplicación

Código de proyecto

Importe 2018 y 2019 actual

Ampliación

Total

Fomento de la conciliación de la vida personal, laboral y familiar (procedimiento SI435B)

05.11.312G.460.1

2016 00018

524.926,51

119.870,31

644.796,82

Prevención y tratamiento integral de la violencia de género (procedimiento SI435A)

05.11.313B.460.0

2015 00144

352.000,00

-

352.000,00

Apoyo a los centros de información a las mujeres (procedimiento SI427B)

05.11.313B.460.0

2015 00144

3.371.685,47

-

3.371.685,47

Totales

4.248.611,98

119.870,31

4.368.482,29

3. Esta ampliación de crédito no afecta al plazo establecido en el artículo 10.1 de la Resolución de 29 de diciembre de 2017, para la presentación de solicitudes ni el inicio de un nuevo cómputo del plazo para resolver.

Disposición final

Esta orden entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 25 de junio de 2018

Susana López Abella
Secretaria general de la Igualdad