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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 118 Jueves, 21 de junio de 2018 Pág. 29987

III. Otras disposiciones

Consellería de Economía, Empleo e Industria

EXTRACTO de la Orden de 31 de mayo de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la puesta en práctica de programas integrados de empleo de Galicia, y se convocan para el año 2018 (código de procedimiento TR332A).

BDNS (Identif.): 403487.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Entidades beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones para el desarrollo de los programas regulados en la orden:

a) Los ayuntamientos, mancomunidades de ayuntamientos o entidades públicas dependientes o vinculadas a un ayuntamiento, cuya titularidad corresponda íntegramente a éste, siempre que por sí solos o asociados tengan un promedio de paro registrado en el año 2017 superior a 500 personas o formen parte de una agrupación que comprenda, al menos, a tres ayuntamientos limítrofes gallegos (o a dos en caso de que uno de ellos proceda de la fusión de ayuntamientos).

b) Las entidades con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro.

Todas ellas deberán acreditar experiencia en la realización de acciones dirigidas al acompañamiento de las personas en situación de desempleo en procesos de inserción laboral por cuenta ajena o propia.

No podrán ser entidades beneficiarias aquellas en las que concurra alguna de las causas expresadas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Segundo. Objeto

Esta orden tiene por objeto el establecimiento de las bases reguladoras, así como la convocatoria para el año 2018, de las subvenciones para la puesta en práctica de programas integrados de empleo de Galicia, en el ámbito de la Comunidad Autónoma y durante un período de 12 meses, facilitándoles a dichas personas los recursos y herramientas que mejoren su empleabilidad, las activen laboralmente y les proporcionen competencias transversales que incrementen sus posibilidades de inserción laboral. Todas las personas participantes en estos programas deberán ser personas en situación de desempleo inscritas en el Servicio Público de Empleo de Galicia.

Los programas integrados de empleo están destinados a atender a 100 personas desempleadas. El objetivo de inserción laboral deberá ser, al menos, del 35 por ciento de las personas demandantes de empleo atendidas durante el desarrollo del programa.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 31 de mayo de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la puesta en práctica de programas integrados de empleo de Galicia, y se convocan para el año 2018 (código de procedimiento TR332A).

Cuarto. Importe

El importe total de la convocatoria asciende a 10.900.000 euros y se financiará con cargo a las aplicaciones 09.41.322A.460.3 y 09.41.322A.481.3 por los importes de 1.590.000 euros y 1.680.000 euros, respectivamente, en la anualidad 2018 y 3.710.000 euros y 3.920.000 euros, respectivamente, en la anualidad 2019. Las aplicaciones mencionadas están financiadas por fondos finalistas transferidos por el Servicio Público de Empleo Estatal.

La cuantía máxima de la subvención que se concederá será de 2.500 euros por cada persona desempleada participante.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

Un mes, que se contará a partir del día siguiente al de la publicación de la orden de convocatoria en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación.

Santiago de Compostela, 31 de mayo de 2018

Francisco José Conde López
Conselleiro de Economía, Empleo e Industria