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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 110 Lunes, 11 de junio de 2018 Pág. 28601

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 15 de mayo de 2018, de la Jefatura Territorial de Lugo, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Lugo (expediente IN407A 2017/112-2, 8592 AT).

Visto el expediente para otorgamiento de la autorización administrativa previa y de construcción para la instalación eléctrica que a continuación se describe:

Solicitante: Begasa.

Domicilio social: PE As Gándaras, c/ Aller Ulloa, nº 9, 27003 Lugo.

Denominación: LMTS, CS c/ Canteiros 11 y LBT para SSAA-NS 51967.

Situación: ayuntamiento de Lugo.

Características técnicas:

• Línea de media tensión subterránea a 20 kV bajo tubo, con una longitud de 130 m, con origen en el centro de seccionamiento proyectado en la calle Canteiros 11, conductor tipo RHZ1 240 y final en el centro de transformación Ceao 10-13121.

• Centro de seccionamiento en local de compañía, dentro del edificio prefabricado de superficie del centro de transformación particular situado en C/ Canteiros 11 (Polígono Industrial de O Ceao-Lugo), en el que se instalarán dos celdas modulares función de línea 24 kV SF6 y una de protección con interruptor automático 24 kV SF6.

• Red de baja tensión aérea, con una longitud de 17 m, con origen en el apoyo identificado como 2 en el proyecto, de la RBT aérea existente del CT Ceao 10, conductor RZ 95, y final en el apoyo HV-11-630 intercalado en la misma, en el que se instalará un paso aero-subterráneo.

• Red de baja tensión subterránea para dar suministro eléctrico a los servicios auxiliares del C.S. proyectado, con una longitud de 15 m, con origen en el apoyo HV-11-630 proyectado en la RBT aérea existente del CT Ceao 10, conductor tipo RV 50, y final en el centro de seccionamiento proyectado.

Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre (BOE núm. 310), del sector eléctrico, y en el título VII, capítulo II, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE núm. 310), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias; y en la Resolución de 19 de febrero de 2014, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54, de 19 de marzo), esta jefatura territorial, de acuerdo con las competencias que resultan de los decretos 135/2017, de 28 de diciembre, por el que se crea y establece la estructura orgánica de la consellería, y teniendo en cuenta el Decreto 9/2017, de 12 de enero, sobre órganos competentes para autorización de instalaciones eléctricas en la Comunidad Autónoma de Galicia, resuelve:

Conceder la autorización administrativa previa y de construcción a dichas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en su proyecto y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente, independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de las instalaciones autorizadas.

El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.

Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.

Lugo, 15 de mayo de 2018

Pilar Fernández López
Jefa territorial de Vigo