BDNS (Identif.): 401300.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdns/index).
Primero. Beneficiarios
Las siguientes entidades: a) las universidades del SUG; b) los organismos públicos de investigación de Galicia; c) las fundaciones de investigación sanitaria de Galicia (Fundación Instituto de Investigación Sanitaria de Santiago de Compostela, Fundación Profesor Novoa Santos y Fundación Biomédica Galicia Sur); en el caso de los Institutos de Investigación Sanitaria IDIS e INIBIC y de los centros del ámbito del Sergas que gestionen sus actividades de investigación mediante las citadas fundaciones, podrán solicitar las ayudas de la presente convocatoria a través de estas entidades; d) los centros del CSIC (Consejo Superior de Investigaciones Científicas) y del IEO (Instituto Español de Oceanografía) radicados en Galicia, según los requisitos establecidos en los anexos I, II y III para cada caso.
Segundo. Objeto
Ayudas para consolidar, estructurar y especializar las unidades de investigación más competitivas del Sistema gallego de I+D+i mediante las siguientes modalidades:
– Modalidad A: grupos de referencia competitiva (GRC). Ayudas para la consolidación de grupos de investigación de las entidades solicitantes que por su producción científica y su actividad de I+D constituyan una referencia en el Sistema gallego de I+D+i.
– Modalidad B: grupos con potencial de crecimiento (GPC). Ayudas para la consolidación de grupos de investigación de las entidades solicitantes que por su producción científica y su actividad de I+D demuestren potencial de crecimiento hasta convertirse en grupos de referencia del sistema de I+D+i gallego.
– Modalidad C: proyectos de personal investigador con trayectoria excelente. Ayudas para la realización de proyectos de investigación a investigadores/as individuales que, contando con una trayectoria excelente consolidada o en formación, tienen que afianzar una línea de trabajo basada en proyectos de alto impacto fundamentalmente en los ámbitos nacional e internacional. Estas ayudas adoptarán, según las características de los investigadores o investigadoras, dos modalidades: 1. Línea de refuerzo de la trayectoria investigadora consolidada y 2. Línea de refuerzo de trayectorias emergentes.
Tercero. Bases reguladoras
Se publican conjuntamente con la convocatoria.
Cuarto. Cuantía
El importe total de la convocatoria es de 20.990.000,00 €.
– Modalidad A (GRC).
En el caso de las universidades del SUG: el importe global de la ayuda se distribuirá en tres anualidades y vendrá determinado por un módulo estructural compuesto de un fijo de 30.000 € para el año 2019 y de 35.000 € para el año 2020 y 2021 más un variable máximo de 30.000 € en el año 2019 y de 35.000 € en los años 2020 y 2021 en función de los ingresos medios del grupo, y un módulo variable, acumulable al anterior, en función de los ingresos anuales medios del grupo en los tres ejercicios anteriores a la concesión.
En el caso de las demás entidades: el importe global de la ayuda se distribuirá en cuatro anualidades y vendrá determinado por un módulo estructural compuesto de un fijo de 25.000 € más un variable máximo de 25.000 € teniendo en cuenta los ingresos medios del grupo, y un módulo variable de un máximo de 50.000 € (20.000, 30.000 y 50.000 €), acumulable al anterior, en función de los ingresos anuales medios del grupo en los tres ejercicios anteriores a la concesión.
– Modalidad B (GPC).
En el caso de las universidades del SUG: las ayudas serán de aplicación por un período de 2 anualidades (2019 y 2020), mediante el pago de una cuantía máxima de 45.000 € en cada una de ellas.
En el caso de las demás entidades: las ayudas serán de aplicación por un período de 3 anualidades, mediante el pago de una cuantía máxima de 20.000 € en la primera y de 35.000 € en la segunda y tercera.
– Modalidad C (proyectos de excelencia).
En el caso de los proyectos que se acojan a la línea de trayectoria investigadora consolidada, las ayudas serán de aplicación por un período de hasta 4 anualidades, mediante el pago anual a la institución a la que pertenezca la persona que lidere el proyecto de una cuantía máxima anual de 50.000 €. En el caso de los proyectos que se acojan a la línea de trayectoria investigadora emergente, las ayudas serán de aplicación por un período máximo de hasta 5 anualidades, mediante el pago anual a la institución a la que pertenezca la persona que lidere el proyecto de una cuantía máxima anual de 15.000 € para el año 2018 y de 25.000 € para los años 2019, 2020, 2021 y 2022.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
Un mes, que se contará a partir del día siguiente al de publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 23 de mayo de 2018
Román Rodríguez González |
Francisco Conde López |