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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 96 Martes, 22 de mayo de 2018 Pág. 25330

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 20 de abril de 2018, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, de autorización administrativa y autorización administrativa de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Vigo (expediente IN407A 2018/11-4).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa y autorización administrativa de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:

Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.

Domicilio social: travesía de Vigo, 204, 36000 Vigo.

Denominación: LMTS enlace BAL701 con la SDM707 y CS Ramilo.

Situación: Vigo.

Características técnicas: LMT subterránea a 15 kV, con conductor RHZ, de 785 metros de longitud, con origen en el centro de transformación As Carneiras y final en el centro de seccionamiento Bombeo carretera Universidad, haciendo entrada y salida en el centro de seccionamiento proyectado Ramilo. Centro de seccionamiento, con celdas compactas con corte en SF6, situado en la calle Macal, Castrelos 32, Vigo.

Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el capítulo II, del título VII, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y en la Resolución de la Consellería de Economía e Industria, de 19 de febrero de 2014, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54, de 19 de marzo), esta jefatura territorial, resuelve:

Conceder autorización administrativa y autorización administrativa de construcción para la referida instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación, y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.

Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.

Contra la presente resolución podrá interponer recurso de alzada, ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución. También podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.

Pontevedra, 20 de abril de 2018

Ignacio Rial Santomé
Jefe territorial de Pontevedra